Así serán las becas para alumnos con necesidades especiales para el curso 2026-2027
2026-03-13 - 06:53
El martes 10 de marzo, el Gobierno dio luz verde al decreto que establece las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2026-2027, que contempla un 5% más de financiación respecto a este curso y que reduce requisitos para el acceso del alumnado con discapacidad a las ayudas. Este real decreto de publicó dos días después, el 12 de marzo y en él se contempla, como cada año, en su CAPÍTULO III, un apartado específico para las Ayudas al estudio y subsidios para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, es decir, para los alumnos con necesidades especiales o algún tipo de discapacidad que realicen estudios ni universitarios. Por otro, lado, en el capítulo V, se contemplan ‘Medidas específicas para compensar las desventajas de estudiantes de enseñanzas universitarias y Enseñanzas Artísticas superiores con discapacidad’. En cuando a las Ayudas al estudio y subsidios para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo no hay grandes novedades con respecto al año anterior. Sin embargo, este decreto sí modifica los requisitos académicos para obtener la beca. Quién puede acceder a las becas de necesidades especiales Puede acceder a las ayudas contempladas en el Capítulo III los estudiantes que tengan un dictamen de escolarización con necesidades específicas de apoyo educativo y que cursen segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, ciclos formativos de Grado Medio y de Grado Superior, Enseñanzas Artísticas profesionales, ciclos formativos de Grado Básico, Formación Profesional dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales o programas de formación para la transición a la vida adulta (educación especial). Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnado escolarizado en el primer ciclo de la Educación Infantil siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad. Además de estar cursando alguno de estos estudios, los alumnos tienen que cumplir alguna de estas características, que deberán ser acreditadas adecuadamente: - Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad en grado igual o superior al 25 % o trastorno grave de conducta. - Alumnado con trastorno grave de la comunicación y del lenguaje. - Alumnado con trastorno del espectro del autismo (TEA). - Alumnado con alta capacidad intelectual. A cuánto ascienden las ayudas y quién puede cobrarlas Las cantidades destinadas a las distintas partidas no ha variado con respecto al año anterior y se mantiene, como en los dos últimos años, el subsidio de 400 euros adicionales que se da a todos los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, sin tener en cuenta los umbrales de renta. Las cantidades son las siguientes: Ayuda a la enseñanza: hasta 821 euros Ayuda o subsidio de transporte escolar: hasta 617 euros Ayuda o subsidio de comedor escolar: hasta 574 euros Ayuda de residencia escolar: hasta 1.795 euros Ayuda para transporte de fin de semana: hasta 442 euros Ayuda para transporte urbano: hasta 308 euros Ayuda para material escolar: hasta 204 euros Ayuda para programas de reeducación pedagógica: hasta 913 euros Ayuda para programas de reeducación del lenguaje: hasta 913 euros Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general asociados a la escolarización: 400 euros Las cuantías establecidas para las ayudas o subsidios de transporte se incrementarán hasta en un 50 % cuando el alumnado presente una discapacidad motora reconocida superior al 65 %. Las ayudas o subsidios de comedor y transporte se concederán al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que pertenezca a familias numerosas, independientemente de su nivel de renta. No se concederán ni las ayudas ni los subsidios que ya se estén cubiertos por servicios o fondos públicos, y en el nivel de Educación Infantil no se concederán ayudas para material escolar. Para recibir las ayudas que no son subsidios se tendrán en cuenta los umbrales de renta anual, que son distintos en los alumnos con necesidades específicas. Son los siguientes en función de los miembros de la familia: 1 miembro 12.534 euros 2 miembros: 20.416 euros 3 miembros: 26.811 euros 4 miembros: 31.801 euros 5 miembros: 36.089 euros 6 miembros: 40.229 euros 7 miembros: 44.143 euros 8 miembros: 48.031 euros Además, las familias con algún miembro con discapacidad, aunque no sea el propio estudiante, pueden aplicarse deducciones de la renta familiar que oscilan entre los 1.811 y los 4.000 euros. ¿Qué pasa con los estudiantes universitarios con discapacidad? Además del Capítulo III, destinado específicamente a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, en las enseñanzas universitarias los alumnos con discapacidad también tienen beneficios adicionales, unas medidas específicas para compensar las desventajas que les supone estudiar con una discapacidad. Estas medidas contemplan la posibilidad de incrementar hasta en un 50 % la cuantía de las becas de colaboración si el estudiante tiene una discapacidad igual o superior al 65 %; y un 25% si el estudiante tiene reconocida una discapacidad de entre el 15 y el 64%. Como novedad, este año se facilita la posibilidad de reducir la carga lectiva a personas con discapacidad de entre el 25 y el 64 %, complementando la medida ya existente para quienes tuviesen acreditado un grado mayor. A estos alumnos, se les considerará matrícula completa a efectos de beca con 45 créditos (en lugar de 60, como estaba hasta ahora). El citado decreto establece las cuantías y los requisitos, pero para saber cuándo se abrirá el plazo para solicitar las becas aún tendremos que esperar unas semanas. El curso pasado, en caso de las becas para alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, el plazo estuvo abierto desde 30 de abril hasta el 11 de septiembre de 2025.