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Bruselas lleva a España ante la justicia por no aplicar la directiva que permite eximir de IVA a los autónomos

2026-03-11 - 16:53

La Comisión Europea ha anunciado este miércoles que llevará a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no trasponer la directiva europea que permite eximir de IVA a pymes y autónomos a partir de cierto umbral de facturación. En un comunicado hecho público esta mañana, el ejecutivo comunitario reclama que se apliquen sanciones a España por no adaptar esta legislación, una exigencia de la que han hecho bandera las asociaciones de autónomos. El sistema de IVA "franquiciado" que propone la Comisión Europea —y que ya han adoptado, aunque con matices, todos los países de la Unión a excepción de España— permite que los autónomos y pymes que facturen menos de 85.000 euros anuales puedan quedar exentos de repercutir, liquidar y declarar este impuesto. Sin embargo, la exención del IVA es un arma de doble filo que no interesa por igual a todos los autónomos. Hay que tener en cuenta que, si no hubiese obligación de declarar este tributo, los autónomos tampoco podrían deducirse los gastos del impuesto que soportan en las compras que realizan para su actividad. No obstante, la resolución de la Comisión Europea introduce un matiz importante. En la nota difundida este miércoles, concede que aplicar la exención es opcional para los Estados miembros, amparando así la vía por la que ha optado el Gobierno. Sin embargo, la Comisión advierte a España de que debe trasponer la directiva igualmente para que las pymes establecidas en el país puedan disfrutar de la exención en otro Estado de la UE que sí la aplica. Además, la directiva en cuestión incluye otras disposiciones que sí son de obligado cumplimiento por los Estados miembros. Es el caso del régimen especial de IVA aplicable a los productos de segunda mano, obras de arte, artículos de coleccionista o antigüedades. Así como la fijación del lugar de prestación de ciertos servicios virtuales como el streaming a efectos de IVA. La falta de transposición de esta norma, arguye la Comisión Europea, supone un riesgo de doble imposición o de no imposición, dado que el resto de Estados miembros ya la han incluido en su ordenamiento jurídico. Además, puede provocar problemas de competencia, en lo que se refiere a los artículos de segunda mano y similares. España tenía que haber cumplido con Bruselas el 31 de diciembre de 2024, que era la fecha límite establecida por el ejecutivo comunitario para adaptar la normativa. Al constatar el incumplimiento, el año pasado la Comisión Europea remitió dos notificaciones instando a España a trasponer la directiva, algo que todavía no ha sucedido. Una vez conocida la decisión de Bruselas, desde la asociación de autónomos ATA consideran se trata de "importante noticia" para los autónomos españoles, "que se sienten discriminados ante los europeos". "Los autónomos podrían tener un ahorro de hasta 600 euros en costes y en burocracia por el IVA franquiciado", ha defendido Lorenzo Amor, presidente de la asociación. "Como es habitual, el Gobierno de España es lento y perezoso en transponer directivas que faciliten la labor de los pequeños y medianos empresarios y los autónomos. Pero es ágil cuando son directivas que buscan recaudar más", ha agregado. El Gobierno plantea cumplir vía enmienda Ante el requerimiento europeo, el Gobierno está trabajando para adaptar la legislación española a las exigencias de la Comisión. La fórmula escogida es a través de una enmienda registrada en una ley que recoge varias iniciativas en el ámbito tributario que se encuentra ya en el Congreso de los Diputados, según trasladan fuentes de Hacienda. En el texto, disponible en la web del Congreso de los Diputados, se establece que el Gobierno ha optado por no implantar el sistema de IVA franquiciado al considerar que ya existen otras medidas que facilitan la gestión de este impuesto a las pymes y autónomos, como son los regímenes especiales simplificados o el recargo de equivalencia. Dos vías que asociaciones de autónomos como ATA consideran demasiado restrictivas y limitadas solo a ciertos sectores. En cambio, la enmienda sí regula los requisitos para que una pyme o un autónomo que operan en España puedan beneficiarse de las exenciones que apliquen países extranjeros. En concreto, el Ejecutivo propone que puedan acogerse a este beneficio las pymes o autónomos cuyo volumen de negocio en la UE no supere los 100.000 euros.

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