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Cómo deducir el alquiler en la Renta 2026: guía completa para evitar errores, sustos y multas

2026-03-28 - 08:00

Declarar el alquiler en el IRPF es obligatorio y no hacerlo es motivo de sanción por parte de Hacienda. Ahora bien, también puede hacerlo si te equivocas al hacerlo. En este artículo vamos a ver cuál es el proceso paso a paso para evitar sustos y posibles errores. Cómo tributa el alquiler en el IRPF Los ingresos por alquiler tributan como rendimiento de capital inmobiliario en el IRPF. De hecho, tienen su propio apartado en la declaración de la renta. El funcionamiento básico es muy sencillo: tributas por la rentabilidad neta, que es el ingreso por alquiler menos los gastos deducibles y las bonificaciones que cada uno pueda aplicar según el caso y que veremos en el siguiente punto. Así que la clave para ajustar los impuestos del alquiler y no equivocarse está principalmente en los dos últimos puntos: gastos que se pueden restar al arrendamiento y bonificaciones a las que se tiene derecho. El resultado de restar gastos a ingresos se sumará después a la base imponible general, donde también tributa el salario y pasará finalmente por las tablas generales de IRPF. Por eso, cuanto mayores sean el resto de ingresos, más porcentaje se pagará por el alquiler. ¿Dónde incluir en el alquiler en la renta? Todo el proceso empieza por identificar las viviendas en propiedad y el uso que se está haciendo de ellas. Normalmente los datos fiscales de Hacienda ya incluyen la información sobre los inmuebles que el contribuyente tiene en propiedad, de forma que lo más sencillo suele ser trasladarlos directamente al programa Renta Web. Eso sí, es importante revisar que la información sobre el porcentaje de titularidad sea correcta, porque la Agencia Tributaria suele cometer errores aquí. En cualquier caso, podrás sumar esa información de forma manual en el apartado C de Bienes Inmuebles. Las casillas concretas a las que prestar atención están entre la 0062 y la 0075. La número 0063 de Propiedad es donde podrás hacerlo. Al pulsar, se abrirá una ventana donde sumar información como la referencia catastral, su valor catastral y el uso que hagas de él. Una vez selecciones arrendamiento, se abrirá otra ventana donde completar toda la información del alquiler como número de días que ha estado alquilado, por quién (NIF incluido), ingresos por alquiler y, por supuesto, los gastos deducibles. Despúes, esos datos aparecerán en las siguientes casillas de la renta: Casillas 0091 a 0101: Información del alquiler. Casilla 102: Ingresos brutos del alquiler. Casilla 068: Rendimiento neto, que es rendimiento bruto menos los gastos deducibles. Casilla: Reducción por alquiler de vivienda habitual. En resumen, los pasos a seguir son: Identifica el inmueble. Identifica al inquilino. Suma los ingresos del alquiler. Incluye y resta los gastos deducibles (ahora los veremos en detalle). Aplica las bonificaciones que correspondan (ahora las veremos en detalle). ¿Qué gastos se pueden restar al alquiler? Los gastos deducibles son el primer elemento para ahorrar al incluir el alquiler en la renta y el principal punto de los errores al incluirlo. Para evitar sustos es necesario tener claros cuáles son los gastos que se pueden imputar en cada una de las casillas: Gastos de reparación y conservación, que no hay que confundir con las mejoras realizadas, que se pueden desgravar, pero en otro apartado. Aquí se incluye la pintura, cambio de elementos viejos y reparaciones en general. Intereses de la hipoteca, en caso de haber financiado la casa (cuidado aquí, porque no se puede desgravar la cuota entera, solo la parte correspondiente a los intereses). Amortización del inmueble por la pérdida de valor por el uso. Se puede restar hasta el 3% anual del valor de construcción. Amortización de los bienes muebles, que se refiere al mobiliario y electrodomésticos. Impuestos y tasas, como el IBI. Gastos de comunidad, derramas y suministros, pero solo en caso de que los abone efectivamente el arrendador. Seguro de hogar de la vivienda y el seguro de alquiler, así como gastos de inmobiliaria y abogados. Reducciones que se pueden aplicar sobre el alquiler Sobre el resultado de restar los gastos deducibles a los ingresos se podrán aplicar las reducciones previstas. Estas reducciones se limitan al arrendamiento para vivienda habitual y van desde el 50% general hasta un 90% para casos especiales. Son las siguientes: Reducción general del 50% que se aplica en todos los casos. ​Reducción del 60% por realizar obras de rehabilitación o mejora en los dos años anteriores a la firma del contrato. Reducción del 70% por alquilar a jóvenes de entre 18 y 35 años en zonas tensionadas o en alquiler social con renta limitada. Reducción del 90% para quienes rebajen el alquiler al menos en un 5% en zonas tensionadas. La clave para no equivocarse aquí es tener claro el tipo de arrendamiento (vivienda habitual vs otros usos) y si el piso está o no en una zona tensionada, algo que depende de cada comunidad autónoma. ¿Qué pasa si la casa no ha estado alquilada todo el año? Uno de los datos clave que hay que sumar es el número de días que la casa no ha estado alquilada. Hay dos motivos para hacerlo. El primero es que los gastos deducibles solo se pueden restar por la parte proporcional del año que la casa estuvo alquilada. Por ejemplo, si ha estado alquilada 9 meses y 3 vacía, solo será posible imputar la comunidad de esos 9 meses y así con todos los gastos deducibles. El segundo motivo es que el tiempo que no estuvo alquilada computará como una renta inmobiliaria imputada. Sumar los gastos totales en lugar de los que corresponden por el tiempo alquilado y no incluir la imputación de renta son dos errores. Cómo se calcula y se incluye la renta imputada en el IRPF Esta renta inmobiliaria imputada es el ingreso que Hacienda estima que podría tener un inquilino de alquilar su casa. Está pensado para desincentivar o castigar la tenencia de segundas residencias sin alquilar. Se calcula sobre el valor catastral de la vivienda aplicando un 1,1% si el valor ha sido revisado o modificado en los últimos 10 años y un 2,% en caso contrario.

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