Cómo vender tu casa al Estado con el programa Casa 47: requisitos y cuánto dinero podrías recibir
2026-03-13 - 14:03
Vender una vivienda al Estado no es habitual, pero en España existe una fórmula que lo permite. Se trata del programa público Casa 47, que ha abierto una convocatoria destinada a comprar viviendas privadas para incorporarlas al parque público de alquiler asequible. La iniciativa cuenta con un presupuesto inicial de 100 millones de euros, que se utilizarán tanto para adquirir los inmuebles como para rehabilitarlos. El objetivo de la iniciativa es aumentar el número de viviendas disponibles para alquiler a precios más accesibles, especialmente en zonas donde el mercado está tensionado. Es decir, la administración busca pisos que puedan integrarse en la red pública de vivienda y ofrecerse posteriormente a familias o ciudadanos con dificultades para acceder al mercado libre. ¿Quién puede vender su vivienda a Casa 47? La convocatoria está abierta a prácticamente cualquier propietario. Pueden presentar ofertas personas físicas o jurídicas, tanto españolas como extranjeras. Esto significa que un particular que tenga un piso en propiedad puede participar en el proceso, pero también empresas inmobiliarias o sociedades que dispongan de varios inmuebles. Además, el programa permite ofrecer viviendas individuales o incluso edificios completos siempre que cumplan las condiciones establecidas en la convocatoria. Las viviendas deben encontrarse en zonas tensionadas o en áreas donde el esfuerzo económico destinado a pagar la vivienda supere el 30 % de los ingresos medios de los hogares. Requisitos que debe cuplir el inmueble No todas las viviendas pueden presentarse al programa. Para que el Estado estudie su compra, el piso debe cumplir unas características básicas. En primer lugar, la superficie útil debe situarse entre 40 y 120 metros cuadrados. Además, la vivienda debe contar como mínimo con cocina, salón, un dormitorio independiente y un baño completo, aunque también se aceptan estudios si están correctamente equipados. El inmueble también debe tener ventanas al exterior o a patios interiores, de forma que ninguna habitación sea completamente ciega, y en edificios de cuatro plantas o más será obligatorio disponer de ascensor. Otro requisito importante es que las viviendas deben ser libres, es decir, no estar sujetas a algún régimen de protección pública previo. Finalmente, la vivienda debe contar con certificado energético en vigor y estar al día en el pago de las cuotas de comunidad y posibles derramas. ¿Se pueden vender viviendas con hipoteca? El programa permite vender viviendas que todavía tengan hipoteca, siempre que esta se cancele en el momento de la compraventa y el inmueble se entregue libre de cargas. También se admiten pisos que necesiten ciertas reformas. De hecho, parte del presupuesto del programa está destinado precisamente a rehabilitar viviendas adquiridas. Las obras, sin embargo, deben cumplir algunas condiciones: no requerir una nueva licencia de habitabilidad, no superar los seis meses de duración y que el coste total de compra y reforma no supere el 110 % del valor de tasación. ¿Cuánto pagará el Estado por la vivienda? Las adquisiciones se realizarán mediante un concurso público. Las viviendas recibirán una puntuación en función de distintos factores como la accesibilidad del edificio, estado de conservación, eficiencia energética, precio de venta o si se presentan varias viviendas de forma conjunta. La administración otorgará más puntos a las ofertas que presenten precios competitivos. Eso sí, el Estado no pagará más de lo que marque el mercado. Para determinar el precio final se tendrán en cuenta tres referencias: el precio que propone el propietario, el valor de tasación del inmueble y el precio medio por metro cuadrado de la zona según estadísticas notariales. La cifra final será la más baja de esas tres. Por ejemplo, si un piso de 100 metros cuadrados está en una zona donde el precio medio es de 3.000 euros por metro cuadrado, el importe máximo rondaría los 300.000 euros, siempre que los otros indicadores no sean inferiores, según recoge Fotocasa. Plazos para ofertar tu propiedad El plazo para presentar viviendas comenzó el 10 de marzo de 2026 y se prolongará durante cuatro meses, hasta el 9 de julio de 2026. Los propietarios pueden presentar la documentación en el registro de Casa 47 en Madrid o enviarla por correo certificado. En cualquier caso, vender una vivienda implica también asumir algunos impuestos habituales, como el IRPF por la ganancia obtenida y la plusvalía municipal, además del pago del IBI correspondiente al año en curso.