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Calendario del voto por correo de las elecciones en Andalucía: plazos y cuándo podrás solicitarlo

2026-03-25 - 12:10

Juanma Moreno, presidente de Andalucía, ha anunciado el pasado lunes la fecha en la que se convocan las próximas elecciones autonómicas en España. Esta vez, le corresponde al sur que asistirá a las urnas el domingo 17 de mayo, un poco antes de lo habitual; la última vez que Andalucía votó fue el 19 de junio de 2022. Ahora, con el anuncio, ha quedado abierto el plazo para la presentación de candidaturas y la organización por parte de la Administración electoral. Como es costumbre, los ciudadanos tendrán el derecho de elegir la candidatura que mejor los represente a través del voto por correo. En las últimas elecciones, más de 170.000 personas presentaron sus votos de esta manera, superando en más de un 90% la movilización de las anteriores celebradas en 2018, según datos recogidos por Público. Sin embargo, ¿cuándo abre el plazo para solicitarlo? Fechas clave para las elecciones en Andalucía El calendario electoral arranca el 1 de abril; desde ese día y hasta el 16 de abril los partidos podrán registrar las coaliciones y tendrán hasta el 13 para comunicar las listas provisionales de sus candidatos. La campaña inicia, según la ley, el 1 de mayo y terminará el día 15. Justo después procede la jornada de reflexión, el 16 de marzo, y las elecciones el 17. Los andaluces podrán acudir a votar desde las 9.00 horas hasta las 20.00 horas. Respecto al plazo para solicitar el voto por correo, Andalucía se rige por lo establecido en el artículo 72 de la Ley Orgánica 5/1985. En otras palabras, desde que se convocan las elecciones y hasta el día número diez antes del voto (o sea, hasta el 7 de mayo), el votante tiene la posibilidad de pedir a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral un certificado de inscripción en el censo. Pasos para solicitar el voto por correo Los andaluces deberán acudir a una oficina de Correos para recoger el impreso de solicitud o descargarlo a través de su página web, si cuentan con certificado electoral. Si la Oficina del Censo Electoral acepta la solicitud, mandarán a su dirección una papeleta de cada una de las formaciones políticas, un sobre de votación, el certificado de inscripción en el censo (donde se encuentra la información sobre la mesa electoral) y una hoja explicativa. Con el voto depositado en el sobre, los ciudadanos deben acudir a una oficina de correos para enviarlo de manera certificada hasta cuatro días antes de las elecciones. Cabe aclarar que este envío es completamente gratuito.

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