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Condenada a tres años de cárcel la doctora Almudena Ramón por estafar a pacientes con lesiones medulares

2026-01-27 - 11:59

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a tres años y seis meses de cárcel a la doctora Almudena Ramón Cueto y su marido con el que compartía empresa, por un delito continuado de estafa agravada cometido contra pacientes con lesiones medulares a los que ofrecieron tratamientos médicos sin respaldo científico ni tampoco autorización sanitaria. La sentencia, a la que ha tenido acceso ABC , considera probado que la facultativa y su socio se aprovecharon de la situación de extrema vulnerabilidad de pacientes con lesiones medulares graves para venderles una supuesta 'Terapia Regenerativa Medular' a través de su clínica CIMERM, ubicada en la ciudad de Valencia, a sabiendas de que no gozaba de validación clínica ni autorización de la Agencia Española del Medicamento. Según el fallo, los acusados, de común acuerdo y con ánimo de obtener un ilícito enriquecimiento, utilizaron «la fama y el prestigio» alcanzados por la investigadora acusada durante su trayectoria profesional, «lo que daba mayor credibilidad al tratamiento que ofertaban» en su página web. Una terapia «multidisciplinar con aplicación individualizada para personas con lesión medular» que supuestamente se llevaría a cabo en cuatro fases: diagnóstico multisistema, terapia de activación medular, trasplante celular y por último terapia de reinervación y estabilización funcional. La acusada, como directora y coordinadora médica de la clínica, era quien decidía en última instancia qué pacientes podían someterse a la TRM por ser idóneos para ello, y supervisaba todo lo relativo a la terapia, según los hechos probados durante el juicio que tuvo lugar el pasado mes de abril de 2025. Del mismo modo, apunta la sentencia que los ya condenados utilizaban documentos de tres pacientes, uno de ellos menor, que presuntamente habían recuperado la actividad muscular y cierta sensibilidad para captar a más clientes. La terapia, en concreto la tercera fase del trasplante celular, carecía de cualquier tipo de evaluación clínica de su idoneidad o sometimiento a estudios de investigación preclínica, y no contaba con autorización de la Agencia Española de Medicamento y Productos Sanitarios, de lo cual «ellos eran plenamente conscientes», a la par que los medicamentos homeopáticos , «sin indicación terapéutica y utilizados para síntomas menores», tampoco eran indicados para pacientes que sufren tan grave afección como una lesión medular, y carecían de evidencia científica. De esta manera, los acusados se aprovechaban de la situación de gravedad de quienes padecían una lesión medular con secuelas físicas severas de por vida, que por su vulnerabilidad, confiaban en aquellos métodos aparentemente legales que les ofrecían una curación o una notoria mejoría, «anhelantes de buscar soluciones fuera de los cauces ordinarios con terapias novedosas». Por lo que, «en su desesperación», accedían a someterse a la terapia ofertada por los acusados, «sin saber que no se había verificado en ensayos clínicos, ni estaba autorizada por las autoridades sanitarias». Los pacientes, según el fallo consultado por este periódico, se sometían a la primera fase, desembolsando para ello la cantidad que se les pedía, pero luego no pasaban a la segunda fase , ya que se les decía que no eran aptos para el trasplante celular, a sabiendas de que nunca podrían llevarlo a cabo, al no estar autorizado por las autoridades competentes, siendo que la casi totalidad de los pacientes tratados por la acusada lo fueron en el hospital IMED de Elche, hechos por los que se sigue una investigación paralela en el Juzgado de Instrucción número dos de Elche. A su clínica de Valencia acudió Bernardita , residente en Chile, la cual presenta una plejía de EEII secundario a lesión medular por fractura de vértebra T12 complicada como consecuencia de un accidente automovilístico ocurrido en 2008. En abril de 2017 contactó con ellos y fue atendida por la acusada tras desplazarse a la capital del Turia. Tras una primera consulta por la que abonó 180 euros y ante las expectativas prometidas, accedió a someterse a la primera fase del tratamiento consistente en una serie de pruebas de diagnóstico (análisis de sangre y orina, densitometría ósea, estudio neuromuscular y estudio psicológico) por las que pagó un total de 5.964 euros, sin que ni siquiera se le entregaran los resultados de las mismas, ni tampoco un informe con las conclusiones hasta cinco meses después, tras lo cual se le indicó, tal y como los acusados tenían planeado desde el principio, que no era apta para seguir el tratamiento (TRM). «La creímos porque era famosa» , lamentó la afectada en declaraciones a ABC. Además de las cantidades pagadas por el tratamiento, tuvo que costearse gastos de desplazamiento y alojamiento para poder ser atendida en Valencia por importe de 2.793,67 euros. En paralelo, otro paciente que padece una lesión medular a raíz de un accidente de tráfico sufrido el 17 de diciembre de 2002 y por el que se quedó tetrapléjico, al conocer a través de internet la novedosa y prometedora terapia que ofrecía la clínica CIMERM acudió el día 22 de noviembre de 2016 a Valencia para ser atendido por la acusada trasladándose hasta allí en taxi y abonando por ello 245 euros y pagando por la visita otros 180. La doctora Ramón le propuso someterse al tratamiento consistente en un trasplante de células madre asegurándole que podría recuperar alrededor de un 80% de la movilidad, si bien decidió no continuar con el tratamiento debido a que el coste era muy elevado para él, pues ascendía a unos 60.000 euros . También un tercer cliente con una lesión medular a raíz de un accidente laboral sufrido el 13 de abril de 2015, al conocer a través de internet la terapia de regeneración medular, contactó con la acusada por correo electrónico y siguiendo sus instrucciones, al asegurarle la misma que con el tratamiento mejoraría o incluso curaría la lesión , entre los días 10 y 13 de enero de 2017 se sometió a unas pruebas médicas abonando 5.964 euros, además los 180 de la primera consulta. Si bien, no continuó el tratamiento ante la falta de resultado, pues, tras llevar a cabo las pruebas no le daban los resultados y le aplazaban las citas. Al poco tiempo tuvo conocimiento a través de la Guardia Civil de la existencia de un procedimiento en marcha por presunta estafa contra los acusados.

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