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Condenada a un año de cárcel por apropiarse de 190.000 euros de un pareja de ancianos que cuidaba

2026-03-09 - 17:13

Una mujer de 43 años ha sido condenada a un año de prisión por apropiarse de 190.991 euros del plan de pensiones de un matrimonio de ancianos al que cuidaba en el municipio alicantino de Benissa. La sentencia, dictada por la Audiencia de Alicante, considera a la procesada responsable de un delito de apropiación indebida, después de que ella misma asumiese los hechos, tras alcanzar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y con la acusación particular, ejercida por la hija del matrimonio perjudicado. La resolución judicial ha detallado que la acusada comenzó a trabajar como asistenta del matrimonio en 2018 y que siguió desempeñando esa tarea de cuidadora hasta marzo de 2020. El fallo ha señalado que, el 16 de enero de 2020, la procesada aprovechó el estado de salud en el que se encontraba el matrimonio, dada su avanzada edad, para acudir a la oficina de la entidad bancaria en la que la pareja disponía de la cuenta con el plan de pensiones. La excuidadora logró que le facultasen para acceder a ella mediante el uso de su tarjeta de crédito. A partir de ahí, según la sentencia, empezó a realizar extracciones de diversas cantidades dinero "indebidamente y sin el consentimiento del matrimonio", hasta agotar todos los fondos en distintas operaciones que se prolongaron hasta el 22 de noviembre de 2021. Tras el reconocimiento de los hechos, el tribunal le ha impuesto la pena de un año de cárcel, sobre la que concede la suspensión si en un periodo de dos años no vuelve a delinquir. Además, ha añadido una multa con una cuota diaria de seis euros durante seis meses, lo que suma 1.808 euros. También ha establecido que la procesada deberá compensar a la hija del matrimonio con los 190.991 euros de la cantidad sustraída en concepto de responsabilidad civil. La sentencia concreta que esa indemnización deberá abonarse en metálico o mediante la transmisión en dación de pago de una vivienda propiedad de la condenada, situada en la localidad de Benissa. La resolución judicial es firme, por lo que no cabe la posibilidad de interponer recurso de apelación.

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