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Condenado a 40 años de cárcel y prisión permanente revisable el acusado del triple crimen de Chiloeches

2026-03-04 - 16:13

La Audiencia Provincial de Guadalajara ha condenado este miércoles a 40 años de cárcel y prisión permanente revisable a F. P. S., principal acusado del asesinato de un matrimonio y su hija en la localidad de Chiloeches, ocurrido en abril de 2024. En su resolución, el tribunal le considera autor de tres delitos de asesinato con alevosía, el último —por la joven—, hiperagravado, según recoge el artículo 140.2 del Código Penal. El triple crimen tuvo lugar el 12 de abril de 2024 en la vivienda de las víctimas, en la que el procesado se coló armado con una bayoneta y una navaja. En total, en los hechos estuvieron implicados tres jóvenes: el principal acusado —autor material de los asesinatos—, y otras dos personas, uno de ellos pareja de la hija del matrimonio. La sentencia dictada por la magistrada presidenta del Tribunal del Jurado, y en base al veredicto, recoge además para el principal acusado la condena a cuatro años, siete meses y 15 días por el delito de robo con intimidación y violencia, y a dos años de cárcel más por el delito de daños por incendio, este último cometido tras producir las tres muertes y con el objetivo de ocultar los hechos. La magistrada establece en la resolución, como responsabilidad civil, el pago de una indemnización total de 400.000 euros al hijo y hermano de las víctimas, que se encontraba en el domicilio en el momento de los hechos y consiguió huir de la vivienda. El novio de la joven asesinada, cooperador necesario Respecto de los otros dos acusados, y ahora condenados —D.M.A. y C.B.M., este último pareja de la hija del matrimonio—, la sentencia establece pena de prisión para por el delito de robo con intimidación y violencia en las personas en casa habitada y con uso de armas. Para D. M. A., como cómplice, más de dos años de prisión; mientras que para C. B. M., como cooperador necesario, la pena asciende a más de cuatro años de cárcel. Según el veredicto del Tribunal del Jurado, y ahora reflejado en las penas de la sentencia, C. B. M. proporcionó con antelación a los hechos información detallada de la ubicación de la vivienda, así como otros datos que fueron relevantes para que el principal acusado ejecutara el robo. En cuanto a D. M. A., la noche de los hechos acompañó al principal acusado en coche hasta la puerta de la urbanización, y quedó a la espera de la llamada de F. P. S. una vez se produjera el robo previsto. Respecto a las atenuantes propuestas por los abogados de los tres encausados —actuación bajo la influencia de consumo de drogas, arrebato, reparación del daño y confesión, entre otras—, ninguna ha sido considerada para establecer la sentencia, todo ello en base al veredicto del Tribunal del Jurado, que no dio ninguna atenuante por probada. Por último, la sentencia establece como responsabilidad civil para el principal condenado, F. P. S., el pago de más de 163.000 euros a una compañía aseguradora, por los daños que tuvo que asumir tras el incendio provocado en la vivienda.

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