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El Supremo matiza a Hacienda y fija que las compensaciones del IVA no contabilicen como ingresos en Módulos

2026-03-12 - 14:03

Novedades para los bolsillos de 800.000 agricultores y ganaderos de toda España. El Tribunal Supremo (TS), en un fallo de la Sala de lo Contencioso Administrativo fechado el pasado 25 de febrero, ha prohibido que las denominadas compensaciones del IVA del Régimen Especial Agrario (REA) - percibidas por estos profesionales por la venta de sus cosechas, por ejemplo - sean consideradas como ingresos para sus declaraciones en el Régimen de Estimación Objetiva del IRPF (conocido como 'Sistema de Módulos'). Desde organizaciones agrarias como Asaja, que lleva años luchando por esta modificación en Módulos, alertan que este ecambio de criterio abre la puerta para que los agricultores puedan recuperar la cantidades pagadas en sus declaraciones en los 4 ejercicios anteriores al de 2025. Además recuerdan que, muchos productores primarios , superaron el límite de 250.000 euros por este motivo y se vieron abocados al Régimen de Estimación Directa junto a sanciones económicas. Asaja exige al Ministerio de Hacienda que habilite un procedimiento ágil para aquellos que quieran recdtificar sus declaraciones. "Viciaba" las ganancias reales de las explotaciones El TS en su fallo apunta que la interpretación del Tribunal Económico - Administrativo Central (TEAC), que avalaba incluir estos pago en el cómputo total de los ingresos, "viciaba" las ganancias reales de las explotaciones agrarias provocando la expulsión de miles de agricultores y ganaderos fuera del 'Sistema de Módulos' hacia otros modelos de tributación más complejos. En concreto, considera "legítimo" calcular la dimensión de la explotación a través del "volumen de ingresos", pero considera que "incluir las compensaciones del Régimen Especial Graria (REAGP) no es razonable". A juicio de los magistrados del TS "la compensación percibida no mide la dimensión de la explotación" y las considera "consecuencias de la mecánica del IVA". El secretario general de Asaja, Juan José Álvarez, explica que dentro del Régimen Especial Agrario o Sistema Especial Agraria (SEA) muchos agricultores tenían que incluir en su declaración de la renta , como ingresos, esta compensación del IVA "que en el caso de la agricultura es un 12% y en el de la ganadería es un 10,5%". Álvarez destaca que hasta el fallo "se computaba lo que cobraban por sus producciones, más ese IVA de compensación que recibían" y se felicita de que el TS no lo considere un ingreso para el productor primario. El representante de Asaja critica que "muchos agricultores" superaran el límite de 250.000 euros de ingresos en el Sistema de Módulos y se vieran obligados a ir al Régimen de Estimación Directa en el IRPF. Algunos, lamenta, con "sanciones elevadas económicamente". Declaraciones de oficio para agricultores y ganaderos El número dos de Asaja insta a Hacienda a que "haga declaraciones de oficio paralelas a todos los agricultores y ganaderos que han declarado de por más esos ingresos del IVA". Además pide que se incluya en estas declaraciones paralelas a aquellos productores que "fueron sacados del Régimen de Estimación Objetiva al de Estimación Directa" y pide que vuelvan al Sistema de Módulos ya que no superaron el límite de 250.000 euros de ingresos al no computarse ya las compensaciones de IVA con el nuevo criterio. Álvarez pide mantener el sistema de módulos por la simplificación burocrática que representa para los pequeños negocios, y recuerda que, en su momento, ya negociaron este cambio con el Gobierno. Un cambio ya contemplado en las órdenes ministeriales de módulos de 2025 y 2026, añade, y que la sentencia del Supremo vendría a reforzar.

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