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El TS flexibiliza los permisos por cuidado de familiares enfermos: podrán cogerse tras el inicio de la dolencia

2026-02-24 - 19:03

El Tribunal Supremo ha resuelto que los permisos retribuidos de cinco días por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de familiares se pueden empezar a disfrutar después del hecho que los causa. Un fallo que abre la puerta a que los trabajadores flexibilicen el uso de estos permisos, permitiendo distribuirlos con más margen para planificar la asistencia médica de sus familiares necesitados. En una sentencia publicada a principios de febrero, pero cuyo contenido ha trascendido este martes, el Alto Tribunal establece que estos permisos "no pueden administrarse de tal forma que su inicio se vincule necesariamente al evento del que dependen, sin dejar por ello margen para una distribución racional que permita una asistencia planificada y más eficaz de la persona con necesidades en función de las circunstancias concurrentes". La sentencia del Supremo resuelve un conflicto laboral originado en 2023 en el seno del Grupo Race. La empresa imponía a los trabajadores que el disfrute de estos permisos debían iniciarse obligatoriamente el primer día laborable siguiente al hecho causante y de forma consecutiva. Ante esta instrucción, los sindicatos CSIF, UGT y CCOO interpusieron una demanda de conflicto colectivo contra la empresa porque entendían que esa exigencia perjudicaba la planificación de la asistencia a sus familiares. En su sentencia, el Alto Tribunal señala que todavía no se había pronunciado de manera "expresa y directa" sobre si el permiso debía iniciarse al mismo tiempo que el hecho causante. Si había resuelto si debía iniciarse en día laborable o no, pero nunca se había cuestionado sobre la vinculación del origen al hecho causante, es decir, la enfermedad grave, accidente o intervención quirúrgica. "Del mismo modo que el permiso no puede desvincularse de la asistencia del enfermo concernido, tampoco puede limitarse en su fecha de inicio mientras subsistan aquellas necesidades asistenciales", arguye ahora el Supremo en la sentencia conocida este martes. "Una vinculación de su inicio al evento que lo propicia, implicaría a todas luces una devaluación de su efecto protetor, al impedir una adecuada planificación de la asistencia a la persona necesitada de ella", agregan. "Lo que se deriva de nuestra docrina es, por lo que ahora interesa, que el permiso considerado tiene por finalidad principal la atención al paciente que puede necesitar ayuda y asistencia en un periodo prolongado e indeterminado de tiempo, sometido ,según los casos, a diferentes eventos con relevancia médica, como sucede en el caso concreto de la hospitalización", apuntan. Otras instancias, como la Audiencia Nacional se habían pronunciado sobre otra cuestión peliaguda como la cuestión de las altas hospitalarias. El año pasado, este tribunal avaló que el permiso de cinco días no finalice automáticamente con el alta hospitalaria. También se puede disfrutar para cuidar a familiares a los que se les ha prescrito reposo facultativo, por lo que todavía no han recibido alta médica.

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