El TSJA deriva a un juzgado de Sevilla la querella por acoso contra un miembro de la ejecutiva de Montero
2026-03-17 - 06:13
Nuevo episodio en el presunto acoso laboral en el seno de la Diputación de Sevilla. Ahora el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha acordado derivar a un juzgado de la capital los hechos recogidos en la querella contra Demetrio Pérez, actual coordinador de Presidencia de Javier Fernández en la Diputación Provincial y miembro de la ejecutiva de María Jesús Montero en el PSOE-A, por un presunto acoso laboral. En los últimos compases del año pasado una militante socialista y trabajadora del organismo provincial interpuso una querella contra Pérez, Rafael Recio, actual portavoz del PSOE de Andalucía en el Parlamento y número dos del partido a nivel provincial, otras dos compañeras del PSOE en la Diputación y el propio partido. El asunto llegó hasta el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía por la condición de aforado de Recio como parlamentario. En un auto de 23 de febrero la Sala de lo Civil y Penal de Granada dictó auto inadmitiendo la querella y decretando su archivo en lo concerniente a Recio al considerar que su actuación en los hechos denunciados se reduce a «desencuentros y desaprobaciones, incluso momentos de tensión», pero « no actos sistemáticos de hostilidad y humillación». Sin embargo, el Alto Tribunal andaluz en su auto precisaba que su decisión sólo atañe al propio portavoz adjunto socialista en el Parlamento y no al resto de querellados, « salvo conexión delictiva entre todos ellos, que desde luego no consta ni puede desprender del contenido de la querella ni documental aportada». Y añadía que, por tanto, se «podrá exigir responsabilidad ante los tribunales de Instancia». Como ya adelantó este periódico el juez de la plaza número 9 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sevilla ya abrió una causa al respecto, aunque no había adoptado ninguna diligencia al respecto. Precisamente ésta era la petición subsidiaria del recurso de súplica presentado por el letrado de la querellante, Luis Romero, donde reclamaba al TSJA enmendar su decisión de inadmitir la querella contra Recio , lo que ahora vuelve a confirmar el tribunal. Según los hechos recogidos en la querella contra Recio, Pérez y dos compañeras del partido por delitos de coacciones, contra la integridad moral (acoso laboral) y descubrimiento y revelación de secretos; y contra el PSOE como persona jurídica, la denunciante lleva soportando por parte de Demetrio Pérez un actitud de acoso laboral continuo desde hace dos años, una situación a la que se ha sumado la difusión de datos personales, lo que le ha generado un trastorno adaptativo de ansiedad que ha requerido de atención psicológica . Así, desde el 27 de noviembre de 2023 , que tuvo lugar el primer episodio que dio lugar al acoso laboral denunciado, los hechos han estado en conocimiento del partido, sobre todo, en el de Rafael Recio, el número dos de Javier Fernández a nivel orgánico. En el recurso de súplica se alegaba, entre otros motivos, vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías y a la tutela judicial efectiva. exponiendo que el tribunal ha aislado la intervención de Recio pese a que la querella describe « un patrón progresivo de hostigamiento en el que se encadenan decisiones, omisiones y revelaciones de todos ellos». Además, añade que «ni siquiera se ha tomado declaración a la querellante ni a los querellados, privando a la mujer de su derecho a ser oída». Frente al argumento de «los desencuentros y desaprobaciones», el recurso pone el foco en el olvido del tribunal de su posición jerárquica , su conocimiento desde el inicio de los hechos, su papel como garante frente al acoso y su actuación decisiva en el archivo de la investigación interna del partido. En el recurso, igualmente, se expone «un patrón convergente, en el que todos los querellados, con distintos roles , contribuyen a crear un clima hostil», señalando que el papel de Recio «no es neutro ni ajeno, dando cobertura institucional al acoso». demás, añade que este conjunto de conductas no puede entender sin la posición del aforado como máxima autoridad política en el ámbito del PSOE de Sevilla. Para el letrado de la querellante, «la exclusión apriorística de toda relevancia penal, sin oír a la querellante ni practicar diligencia alguna, supone una anticipación del juicio de fondo». Por ello, pide la revocación del archivo de la causa, incoando las pruebas necesarias, entre ellas la declaración de la denunciante y todos los querellados, así como la incorporación de toda la documentación relacionada con los hechos, incluido el expediente interno del PSOE. El último capítulo de este litigio lo vuelve a firmar el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que en un auto de 12 de marzo, además de volver a confirmar el archivo de la causa contra Recio, ordena remitir todo lo actuado en Granada a los juzgados de Sevilla para conocimiento y resolución del resto de querellados, entre ellos, Demetrio Pérez y el propio Partido Socialista Obrero Español. Si bien, en dicho auto, al que ha tenido acceso ABC, el tribunal, tras estudiar de nuevo la querella, acuerda desestimarla, «sin necesidad de la práctica de diligencia alguna», pues el presunto plan concebido entre todos los querellados que implicaría un delito de acoso laboral en conexión con cada una de las conductas llevadas a cabo para su comisión, si bien de la citada querella y documental aportada no se desprenden datos que permitan deducir la intervención de Recio en dicho plan.