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Entidades de discapacidad urgen a Justicia cambiar ya el delito de abandono para ampliar las víctimas

2026-02-20 - 07:53

La Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (Cocemfe) ha valorado la "extraordinaria sensibilidad" del Tribunal Supremo que ha pedido cambiar el delito de abandono para incluir como víctimas a personas con discapacidad física y ha reclamado al Gobierno que aborde esa reforma con urgencia. El Supremo ha pedido al Ejecutivo reformular el Código Penal para que el delito de abandono incluya como potenciales víctimas a las personas con discapacidad física, pues actualmente solo se castiga en este tipo penal el abandono de menores y de personas con discapacidad mental o intelectual. Desde el Movimiento Asociativo de personas con discapacidad física y orgánica en España, Daniel-Aníbal García, miembro de la Ejecutiva de Cocemfe, ha explicado que van a reclamar al Ministerio de Justicia que cambien ese artículo "con diligencia", aprovechando la primera norma que vaya a ser aprobada para incluir esa modificación. "Aplaudimos la justificación del Supremo, la discapacidad física puede ser igual de grave que otra discapacidad intelectual, ha tenido una sensibilidad extraordinaria", ha señalado García, quien ha admitido que no eran conscientes de que existiera esa discriminación en la ley. No obstante, ha destacado la importancia de que en el cambio legislativo se valore la situación de cada persona con discapacidad, con independencia del tipo de discapacidad, para que no queden fuera del nuevo artículo del delito de abandono personas con discapacidad visual o auditiva, por ejemplo, que podrían tener también una alta vulnerabilidad. "En la discapacidad física, como en todas las discapacidades, hay grados; siempre se ha entendido que con discapacidad física no se tiene ninguna afectación cognitiva, pero también es muy vulnerable", como reconoce el Supremo: "Puede ser igual o más que una intelectual o una mental". El Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD) ha destacado que la propuesta del Supremo se alinea con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España, que exige evitar discriminaciones por razón del tipo de discapacidad y garantizar igualdad en el acceso a la justicia. La normativa vigente deja fuera supuestos de discapacidad física, incluso cuando esta provoca una dependencia absoluta y una imposibilidad real de autoprotección, una distinción que consideran que "carece de justificación jurídica sólida y produce una discriminación en términos de protección penal". "Se protege la vulnerabilidad cognitiva, pero no siempre la vulnerabilidad funcional derivada de limitaciones físicas severas", señala el consejo. El alto tribunal ha activado el mecanismo contemplado en el artículo 4.2 del Código Penal para reclamar al Ejecutivo un cambio legislativo, al entender que la fórmula empleada respecto a la discapacidad en delitos como el del abandono genera una "injustificada discriminación" al excluir a personas "con graves discapacidades físicas invalidantes". En el caso que examina, absuelve a una mujer condenada a dos años de cárcel en Bilbao por abandonar en 2020 a un anciano que tenía varias enfermedades que le hacían "vulnerable y dependiente" al considerar que no debió ser condenada en aplicación del artículo 229 del Código Penal, que castiga el abandono de una "persona con discapacidad necesitada de especial protección" que se aplica a las personas con discapacidad intelectual o mental. "No creemos que pueda cuestionarse que hay situaciones de discapacidad física que por sus efectos sobre los niveles de autonomía y posibilidades de autoprotección personal generan una tasa de vulnerabilidad tan alta, al menos, como la discapacidad intelectual o mental, lo que (...) obligaría a establecer iguales o similares niveles de protección penal", establece el Supremo.

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