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¿Es denunciable que un vecino aparque en su propio vado permanente? Esto dice la ley

2026-03-23 - 19:10

Los vados permanentes son autorizaciones otorgadas por los ayuntamientos que permiten a sus titulares entrar y salir de su propiedad las 24 horas del día, durante todo el año. Esto implica que ningún vehículo puede estacionar en la zona señalizada del vado. Según el artículo 91 del Reglamento General de Circulación (RGC), queda expresamente prohibido estacionar cuando se obstaculice el uso normal del acceso o salida de un inmueble, ya sea de personas, animales o vehículos, siempre que el vado esté correctamente señalizado. Por lo tanto, el dueño del vado tampoco puede dejar su coche en esta zona; tan solo puede emplear esa zona para entrar y salir de su propiedad. En definitiva, si tu vecino aparca en la zona establecida para su vado, puedes informar a las autoridades para que sea multado. ¿Cuál es la multa por aparcar en un vado permanente? Sea tuyo o no, la multa que puede interponer la Policía Local o la Guardia Civil en cualquier localidad española por estacionar en un vado es la misma siempre: 200 euros. Esta sanción no implica la pérdida de puntos, pero hay que tener en cuenta que los vados suponen una cuota anual que depende de lo establecido en la normativa municipal. Normalmente, tiene una tasa establecida en 50 euros que puede superar incluso los 1.000 euros en función de las dimensiones de la plaza. Sumando la multa a la cuota anual y a los 12 euros que cuesta la placa identificativa, al dueño le puede salir realmente caro aparcar en su propio vado. ¿Se puede aparcar en una cochera sin vado permanente? Aparcar en cocheras, aunque no tengan señal de vado permanente, está terminantemente prohibido. La razón es que se estaría obstaculizando la salida o entrada de otros vehículos, impidiendo que los usuarios accedan a su garaje libremente de igual forma. A diferencia de los vados, lo que sí está permitido es detenerse momentáneamente delante de la cochera durante un tiempo máximo de dos minutos, siempre que se reanude la marcha a continuación y que se utilicen las luces de emergencia para advertir a otros conductores. ¿Cómo solicitar un vado? El propietario o titular del inmueble tiene que presentar una solicitud cumplimentada con los requerimientos, que variarán ligeramente en cada caso, ante el ayuntamiento de la localidad donde se quiera establecer. Normalmente, la normativa municipal te exigirá: una copia del DNI, título de propiedad del inmueble, plano de situación y emplazamiento a escala y una descripción de por qué solicitas el vado.

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