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¿Es legal guardar las bicis en los garajes comunitarios? Esto dice la ley

2026-01-29 - 17:21

Hace tiempo que las restricciones y medidas de la Dirección General de Tráfico apuntan hacia una movilidad en las ciudades españolas donde el transporte público, los VMP y las bicicletas sean los principales actores, pero desde que el director general de Tráfico dejó claro que: "El transporte público se va a convertir en el único modo de acceder a ellas", todo indica que una plaza para dejar tu bicicleta o VMP como patinetes eléctricos en el garaje comunitario cobrará gran valor en los próximos años. Si en los últimos tiempos el auge de los medios de transporte sostenibles ya se ha producido de forma vertiginosa, no se espera otra cosa para el futuro. Por ello, es importante conocer qué se establece en la Ley de Propiedad Horizontal acerca de estos espacios, de esta forma, ningún vecino nos pillará con la guardia baja y podremos defender nuestros derechos. ¿Qué dispone la ley sobre guardar las bicis en el garaje comunitario? La Ley de Propiedad Horizontal establece en su artículo séptimo que los elementos privativos, como una plaza de garaje, pueden utilizarse libremente por su propietario siempre que ese uso no altere la seguridad del edificio, no perjudique a otros vecinos, no afecte a elementos comunes ni infrinja los estatutos o la normativa vigente. Aplicado al caso concreto de las bicicletas o los VMP, la ley no prohíbe expresamente guardarlos en una plaza de garaje, sino que limita su uso al respeto de esas condiciones. Es decir, se permite dejar una bicicleta únicamente si permanece dentro del perímetro de la plaza, no invade zonas comunes, no dificulta la circulación ni las maniobras de otros vehículos y no supone un riesgo añadido. Por lo tanto, en principio, no debería existir problema por guardar estos elementos correctamente en una plaza comunitaria a la que se tiene derecho, al menos, si el estatuto no dice lo contrario. Sin embargo, el propio artículo 7 de la misma ley también ampara a la comunidad para actuar cuando el uso de la plaza desnaturaliza su finalidad, convirtiéndola en un trastero o espacio de almacenamiento. En esos casos, la comunidad puede exigir la retirada de la bicicleta u otros objetos, especialmente si existen estatutos que lo prohíban o si se considera que se compromete la seguridad del garaje. ¿Se puede modificar una plaza de garaje privada? El propietario puede realizar modificaciones dentro de su plaza, siempre que no afecten a la estructura del edificio, no alteren elementos comunes, no modifiquen la seguridad, ni perjudiquen los derechos de otros vecinos. Por ejemplo, cambios menores que no invadan zonas comunes suelen ser admisibles. En cambio, no está permitido realizar actuaciones que supongan cerrar la plaza, cambiar su delimitación, instalar anclajes fijos en el suelo o paredes comunes, alterar accesos, ventilación o convertirla en un uso distinto al de aparcamiento, sin la autorización expresa de la comunidad. Si la modificación afecta a elementos comunes o altera la configuración original del garaje, será necesario el consentimiento de la comunidad, e incluso una mayoría cualificada o unanimidad, dependiendo del alcance de la obra. De lo contrario, los vecinos pueden exigir que vuelva al estado original.

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