Esta es la ayuda de casi 50 euros de la Seguridad Social que no mucha gente conoce
2026-03-17 - 12:10
Mucha gente no lo sabe, pero en España existe una ayuda de la Seguridad Social para cubrir parte de los gastos de un sepelio. Se trata del llamado 'auxilio por defunción', que tiene una cuantía de 46,50 euros y está dirigida a quien que haya asumido ese pago, que normalmente suelen ser los hijos o la pareja de la persona fallecida. A diferencia de otras prestaciones, esta lleva más de 25 años sin actualizarse. Para poder acceder a ella, la persona fallecida debe estar en alta en la Seguridad Social o ser pensionista de jubilación o de incapacidad permanente en su modalidad contributiva, entre otras situaciones. Además, si era responsable del pago de sus cotizaciones, deberá estar al corriente de las mismas. La normativa también contempla algunos supuestos en los que no se genera el derecho a esta prestación. Por ejemplo, cuando se trata de trabajadores desaparecidos dados por fallecidos o en el caso de pensionistas del SOVI, ya que este régimen no contempla el auxilio por defunción dentro de su acción protectora. ¿Cómo se puede solicitar la ayuda? La ayuda puede solicitarse hasta cinco años después de la fecha del fallecimiento, pero pasado ese plazo el derecho prescribe. El trámite se realiza mediante el modelo oficial de solicitud de 'Auxilio por Defunción', disponible en la sede electrónica de la Seguridad Social. Junto al formulario, el solicitante deberá adjuntar la documentación personal y específica que se indica en el propio modelo. La solicitud puede presentarse de varias maneras. Una de ellas es a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, aunque también puede enviarse por correo ordinario o presentarse presencialmente en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), para lo que es necesario solicitar cita previa. En el caso de los trabajadores del mar, el trámite debe realizarse en las Direcciones Provinciales o locales del Instituto Social de la Marina.