Esto es lo que puedes llevar y lo que no en los buses interurbanos de Madrid tras el cambio de normativa
2026-02-28 - 10:13
Los buses interurbanos son uno de los medios de transporte público más utilizados por los usuarios en Madrid, y es que millones de personas usan estos autobuses para ir desde la capital de España a otros puntos de la comunidad donde no llegan ni el metro ni la red de Cercanías. Eso sí, ahora tendrán que adaptarse a las nuevas normas que han establecido las autoridades en lo que al equipaje se refiere, ya que han cambiado. Los pasajeros de los buses interurbanos de Madrid tendrán que ajustarse a lo que recogido en el Reglamento de Viajeros tras la nueva actualización, en la que se detalla cuáles son los enseres que se pueden llevar y cuál es la manera en la que deben hacerlo, por lo que es de vital importancia saber cuáles son estas normas para evitar caer en una infracción o que directamente tengan prohibido subirse al autobús. Así es la actualización del Reglamento de Viajeros Hasta ahora, lo único que contemplaba dicho reglamento era que cada pasajero podía portar bultos de mano, mientras que otro tipo de enseres quedaban fuera de la normativa. Esta actualización establece que cada viajero solo podrá llevar un objeto consigo dentro del autobús, como mochilas, bolsos, maletines o similares que no superen los 50x30x10 centímetros, y nunca pueden ir en la espalda, sino que deberán ir sujetos de la mano; el resto de equipaje deberá ir en la bodega del vehículo. También se permite acceder con carritos de la compra o mochilas con carro con ruedas, así como maletas pequeñas de un tamaño máximo de 55x40x20 centímetros y patinetes y bicicletas infantiles sin pedales; además, el material deportivo y los instrumentos musicales deberán ir siempre guardado dentro de la funda, aunque en el caso de estos últimos solo se permitirá uno de gran tamaño por coche. Además, el conductor del bus interurbano podría prohibir el acceso a los pasajeros que lleven alguno de estos objetos si va lleno (tanto en cuanto a ocupación de viajeros como en cuanto a la zona de equipaje) y no hay espacio suficiente para entrar con dichos enseres, aunque de manera excepcional podría autorizar