¿Has tenido juicios en 2025? Estos son los gastos deducibles en el IRPF
2026-03-20 - 15:30
Conocer los gastos deducibles en el IRPF es la mejor forma de ajustar el resultado en la renta y pagar menos impuestos. Uno de estos gastos es la reducción por defensa jurídica, que permite restar parte del dinero destinado a ciertos litigios. Conocer cuáles son estos gastos y en qué casos se aplican puede marcar la diferencia en el resultado de la declaración. ¿Qué gastos se pueden deducir por defensa jurídica? Esta desgravación está enfocada en un tipo concreto de litigios: los que tienen que ver con rendimientos de trabajo. En otras palabras, cuando el empleado tiene que defender sus derechos ante el empleador. Y dentro de este tipo de causas, la Agencia Tributaria es todavía más explícita. Solo se pueden deducir los procedimientos judiciales por: Despido. Extinción de contrato. Reclamación de cantidades a la empresa. Como norma general, cualquier otro gasto judicial no será deducible. Esto deja fuera los pleitos ante compañías y cualquier otro relacionado con consumo. Requisitos para poder desgravar estos gastos La principal duda que surge en este punto es si hay que interponer una demanda para poder desgravar o si se puede hacer si el proceso finaliza antes, en el acto de conciliación. La respuesta es negativa. No es necesario iniciar el procedimiento judicial para poder restar estos gastos en el IRPF. Puedes necesitar la ayuda de un abogado laboral o procurador antes de llegar a juicio para ayudarte a negociar el acuerdo sin necesidad de juicio. Ese gasto también será deducible. Para justificar el gasto es necesario guardar las facturas del abogado. Estas facturas no hay que incluirlas directamente en el IRPF, pero sí guardarlas por lo menos los cuatro siguientes años al ejercicio en el que se imputaron estos gastos. Y es que, Hacienda dispone de 4 años para revisar cualquier declaración de la renta.. Cuánto se puede deducir por gastos de defensa jurídica La cantidad máxima que se puede desgravar es de 300 euros al año. Además, esos gastos deberán incluirse en el ejercicio en el que se paguen, se haya resuelto o no en litigio. Por ejemplo, si se pagaron en 2025, se incluirán en la renta 2025, que es la que hacemos en 2026, aunque la disputa siga abierta. ¿Existen deducciones autonómicas por estos gastos? Sí, algunas comunidades como Andalucía cuentan con una deducción por gastos de defensa jurídica de la relación laboral de hasta 200 euros que es compatible con la estatal. ¿Funciona igual para los autónomos? La deducción por gastos de defensa jurídica no se aplica igual para los trabajadores autónomos. Al hacer la declaración de la renta, los trabajadores por cuenta propia presentan las cuentas de su negocio. Ingresos por un lado y gastos por otro. El resultado de su IRPF es la diferencia entre esos ingresos y los gastos deducibles. Dentro de estos gastos, la Agencia Tributaria permite desgravar los gastos de abogados relacionados con la actividad. Aquí entrarían desde conflictos con proveedores, reclamaciones judiciales por impago, asesoramiento para contratos o gestión de licencias, entre otros. Aquí no hay límite en la cantidad a deducir y habrá que anotar el gasto dentro del apartado de “otros servicios profesionales independientes”. Como con cualquier otro gasto, debe de estar vinculado a la actividad económica, justificado con factura y debidamente registrado. Los gastos por defensa jurídica dentro del alquiler Otro caso particular es de las personas que tienen alquilado un inmueble de su propiedad y hayan tenido que contratar un abogado para redactar contratos o iniciar cualquier trámite legal sobre la vivienda. El coste del abogado se considera un gasto deducible a restar de los ingresos del alquiler como los gastos de comunidad, el IBI o los seguros sobre la vivienda. Recuerda que, al incluir el alquiler en la renta, se suman por un lado los ingresos y se restan los gastos deducibles, que son la mayoría que hacen falta para poner el piso en alquiler y mantenerlo arrendado.