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Institucionalidad o caudillaje

2026-03-07 - 18:03

Toda constitución pretende lograr la unidad política del Estado, según nos dejó dicho el jurista alemán Konrad Hesse. ¿Ha fracasado la Constitución Española en la realización de este objetivo? La pregunta, aunque grave, no es impertinente. Es un hecho objetivo que millones de españoles desconfían del sistema institucional, incluso por razones contradictorias. Mientras que un sector de la población acusa al Gobierno de la Nación de atentar contra las bases democráticas del Estado de derecho, otro denuncia una confabulación de algunos de los partidos de la oposición, los ejecutivos autonómicos y los tribunales de Justicia contra un Gobierno democráticamente elegido. Una primera aproximación formal y estática al problema lleva a una valoración favorable de la arquitectura institucional diseñada por la Constitución: la creación de partidos políticos es libre, deben celebrarse elecciones libres y periódicas para elegir a los representantes del pueblo español que den su confianza al Gobierno y el ejercicio del poder público debe mantenerse siempre en los márgenes del Derecho (en esencia, este es el sistema político previsto en los artículos 6, 9, 23, 97, 66 y 99 de la Constitución). Sin embargo, el diagnóstico es bien distinto si el análisis se aborda por referencia a la dinámica política. Aunque la estructura institucional no haya sido formalmente modificada, sí es posible advertir, al menos, tres mutaciones en su desenvolvimiento en estos tiempos: los gobiernos nacional y autonómicos se comportan como apéndices del partido político que los soporta, atreviéndose a vituperar a los partidos de la oposición; los poderes territoriales se relacionan entre sí como contendientes políticos, y los diputados y senadores emplean las Cortes Generales como altavoz para criticar decisiones judiciales que les resultan políticamente inconvenientes. Estos modos de ejercer el poder, además de hacer incomprensible la utilidad de las instituciones, de ahí la grieta que las separa de los ciudadanos, son incoherentes con el régimen institucional provisto por la Carta Magna. Primero, porque la función de los gobiernos no es hacer política de partidos, sino dirigir la política para realizar los intereses del Estado en su conjunto (artículos 97 y 137) y encabezar las administraciones central y autonómicas con la exclusiva finalidad de servir con objetividad a los intereses generales (artículo 103). Segundo, porque los poderes territoriales están jurídicamente obligados a relacionarse de acuerdo con los principios de lealtad institucional y de cooperación, colaboración y coordinación (según el artículo 3 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público). Y tercero, porque la preeminencia política de las Cortes Generales como representantes del pueblo español (artículo 66 de la Constitución) no atribuye a los parlamentarios la facultad de socavar la independencia judicial (artículo 117). La sociedad civil tiene la obligación de exigir a los dirigentes políticos la vuelta a la institucionalidad; lo que no pasa por cuestionar la Constitución, sino por cumplirla con lealtad. Sin institucionalidad, los ciudadanos terminan por perder la confianza en la democracia. Como demostró Erns Cassirer en 'El mito del Estado', el mito del caudillaje nace cuando «se declara que los vínculos sociales anteriores –la ley, la justicia, las constituciones– carecen de todo valor» y cuando ello ocurre «lo único que queda es el poder místico y la autoridad del caudillo; y la autoridad del caudillo es la suprema ley». Huyamos del pensamiento mitológico, que en política sólo ha traído oscuridad, y aferrémonos a la razón del Derecho y al valor la institucionalidad.

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