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José Ramón, asesor fiscal, advierte sobre la declaración de la renta: «Poca gente con hijos la está haciendo bien»

2026-03-03 - 08:13

La declaración de la renta es una fecha clave marcada en el calendario de los contribuyentes en España. En este 2026 llega el momento de volver a ajustar las cuentas con Hacienda y, en este año, se presentarán las declaraciones correspondientes al ejercicio 2025. La fecha de inicio de la declaración de la renta es el próximo 8 de abril, justo después de Semana Santa. Como siempre, las fechas pueden cambiar en función de si se quiere presentar el borrador de manera online, por teléfono o de forma presencial. Además de tener las fechas muy claras para que no se pasen los plazos de presentación, es muy importante tener en cuenta qué cuestiones te puedes aplicar para obtener el mejor resultado. Uno de los factores fundamentales es el de los hijos, ya que en determinadas ocasiones se pueden incluir en la declaración de la renta. De ello ha advertido José Ramón López, asesor fiscal conocido en redes por su cuenta llamada '@tu_blog_fiscal'. López señala que puede haber más de 1.000 euros de diferencia entre una declaración que incluye a los hijos y otra que no. «Es la diferencia de hacer una declaración de la renta bien hecha, que sale a devolver 183 euros, o hacerla mal cuando tienes hijos que sale a pagar 1.054 euros», advierte. El problema por el que la diferencia es tanta según este asesor fiscal es que «la gente no sabe que puedes hacer la declaración conjunta con tu hijo». López recuerda que muchas personas saben que la pueden presentar con el cónyuge, pero si hay hijos pero no matrimonio, estos también se pueden incluir: «Uno de los dos progenitores puede hacer la renta conjunta con su hijo». Para que aparezcan esas diferencias en el resultado, este asesor explica que una de las claves está en las condiciones para aplicarse muchas deducciones autonómicas. Estas aumentan el límite para poder aplicarlas en función de si la declaración es conjunta o individual y en la primera son mucho más altos. A la hora de hacer la declaración conjunta, en caso de matrimonio se hace junto con el cónyuge y se incluyen los hijos menres. En el caso de no estar casados, solo uno de los dos puede incluir a los hijos, mientras que en el caso de los padres separados dependerá de quién tenga la cuestodia. En el caso de custodia compartida los progenitores se deben poner de acuerdo en quién los incluye.

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