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La Audiencia de Madrid anula la decisión de enviar el caso Begoña ante un jurado popular por "falta de fundamentación" del juez

2026-02-23 - 14:23

La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado la decisión del juez Juan Carlos Peinado de enviar todo el caso Begoña hacia un juicio ante el Tribunal del Jurado, según consta en un auto que da respuesta a varios recursos de los distintos investigados en la causa contra la esposa de Pedro Sánchez. Una vez más, el tribunal reprocha al juez Peinado la "falta de fundamentación" en sus escritos y alerta de una vulneración del "derecho a la tutela judicial efectiva". La resolución de la Audiencia Provincial da respuesta a varios recursos contra cuatro autos dictados por Juan Carlos Peinado, el instructor que investiga a Begoña Gómez por cinco delitos distintos. Los cuatro autos "carecen de la necesaria fundamentación", considera el tribunal, y se limitan a mencionar "las personas contras las que se dirige" la causa que Peinado acordó transformar en un procedimiento "ante el tribunal del jurado". La primera vez que el juez instructor planteó esta posibilidad, lo hizo tras dividir la causa en dos piezas. La primera incluía las labores de Gómez en la UCM, el supuesto tráfico de influencias en favor del empresario Carlos Barrabés, la apropiación indebida del software creado para su cátedra en la universidad o el intrusismo laboral por los pliegos que firmó la propia Begoña Gómez. La segunda pieza abordaba un supuesto delito de malversación por el fichaje de la asesora de Moncloa Cristina Álvarez, que realizó algunas labores relacionadas con la actividad privada de la esposa del presidente, ajenas a sus funciones como personal de Presidencia del Gobierno. En septiembre del año pasado, el juez planteó que esta segunda pieza separada se transformase en un procedimiento ante un jurado popular, dado que el delito de malversación es competencia de este tipo de tribunal. Después, el juez acordó encaminar al juicio con jurado también la pieza principal, dado que el tráfico de influencias compete a estos tribunales (no así el resto de delitos que se incluyen en la causa). Y, en octubre, la Audiencia rechazó la decisión de abrir la pieza separada, de modo que la causa se unificó de nuevo. La resolución que ha dictado la Audiencia Provincial analiza los autos con los que Peinado acordó incoar el procedimiento ante el tribunal del jurado por la malversación en el fichaje de Cristina Álvarez y los autos en los que hizo lo propio respecto de la pieza principal. Si bien el tribunal no entra a analizar el fondo de la cuestión —si procede, o no, seguir este tipo de procedimiento—, la Audiencia Provincial de Madrid sí se extiende en sus reproches a unas resoluciones que no están "debidamente" fundamentadas. "Debería efectuarse un mínimo esfuerzo argumentativo que justifique la tipicidad, antijuridicidad de la conducta y participación delictiva", expone el tribunal. Explica que la decisión tomada por Peinado es "trascendental", pero el instructor la ha tomado sin "una mínima delimitación fáctica y concreción de la base incriminatoria". La Audiencia recrimina al instructor que "no es de recibo indicar, tras año y medio de instrucción, que para la incoación del procedimiento basta la mera verosimilitud". Dado que el tribunal ha comprobado "la falta de fundamentación" a la que aludían los recurrentes, entre ellos la propia Begoña Gómez y Cristina Álvarez, el auto acuerda "la nulidad de las cuatro resoluciones". De modo que las actuaciones deben retrotraerse al momento previo a la incoación de los procedimientos ante el tribunal del jurado. Solo se salvarán de esta nulidad "las actuaciones posteriores consistentes en diligencias de instrucción que fueron propuestas, admitidas y practicadas".

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