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La Audiencia Nacional absuelve a Villarejo y López Madrid del encargo de hostigar a la doctora Pinto

2026-02-05 - 14:25

La Audiencia Nacional ha absuelto al empresario Javier López Madrid, al excomisario José Manuel Villarejo y a su socio Rafael Redondo por el encargo para hostigar a la doctora Elisa Pinto, con quien López Madrid mantenía un "grave" conflicto personal. Los magistrados no consideran probado que el yerno de Villar Mir pagase a Villarejo por el encargo y tampoco ven acreditado que supiera que el policía seguía en activo. De modo que el tribunal ha absuelto a los tres acusados de cohecho, para quienes Elisa Pinto solicitaba condenas de seis años de prisión, cuatro en el caso de Redondo. La Audiencia considera probados los contactos entre los tres acusados, pero no la existencia de una "dádiva, favor o retribución de cualquier clase, ofrecimiento o promesa recibida o solicitada por el comisario, ni ofrecida ni entregada por el empresario". De modo que el juicio no ha logrado "desvirtuar" la presunción de inocencia que requiere la condena solicitada únicamente por la acusación popular que ejercía la doctora Pinto, ya que la Fiscalía decidió no ejercerla en el procedimiento. El tribunal presidido por Teresa Palacios y conformado por los magistrados Juan Francisco Martel y Javier Mariano Ballesteros pone fin de esta forma a una de las dos causas abiertas hasta el momento a raíz de unos hechos que sucedieron hace cerca de 13 años. La otra causa, pendiente de juicio oral, indaga en las lesiones y el acoso que sufrió supuestamente la dermatóloga a raíz del encargo que no ha podido ser probado en la Audiencia Nacional. La sentencia de la Audiencia relata que López Madrid se puso en contacto con Villarejo a raíz del "grave conflicto personal" que mantenía con Elisa Pinto, en busca de ayuda y recomendado por un conocido llamado Donato González. El empresario y el abogado Rafael Redondo acudieron a la consulta de Elisa Pinto y, una vez allí, López Madrid "se dirigió a la doctora diciéndole que dejara de hacerle continuas llamadas de teléfono y que si continuaba con las mismas la Policía iría a verla". El empresario afirmó en sede judicial que en aquella época él y su entorno habían recibido una serie de llamadas anónimas desde móviles prepago que tenían por objetivo amedrentar al empresario. En la consulta, López Madrid afirmó que aquellas llamadas estaban en poder de la Policía. Según la versión manifestada por el empresario, fue la doctora la que se obsesionó con él y empezó a acosarlo con llamadas telefónicas. La doctora mantiene que ocurrió lo contrario: el empresario fue quien le acosaba a ella y llamó el mismo para crear una coartada. Tras aquel encuentro se sucedieron las denuncias judiciales y Elisa Pinto y sus hijos comenzaron a sufrir un acoso continuo que incluía llamadas, amenazas de muerte e incluso dos apuñalamientos a la dermatóloga. Estos hechos se enjuiciarán en el Juzgado de lo Penal número 10 de Madrid. Lo que ha enjuiciado la Audiencia son delitos de cohecho, esto es, el soborno a un funcionario público en activo. En este caso, el cohecho habría consistido en la contratación del comisario Villarejo para que, haciendo uso de los medios a su disposición, hostigase a la doctora Elisa Pinto. Pese a que la defensa de la dermatóloga presentó en la causa varias anotaciones en la agenda de Villarejo sobre López Madrid y otra prueba documental, la Audiencia Nacional no puede "considerar probado el pago de dádiva alguna". Tampoco se acredita "que la actuación practicada o a practicar por Villarejo tuviera relación con la función policial". Tampoco "que López Madrid conocía, en la fecha de los hechos, que Villarejo era funcionario público en activo".

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