La comunidad de propietarios del edificio incendiado en Campanar pide reabrir la causa tras un nuevo informe pericial
2026-03-26 - 17:30
La comunidad de propietarios del edificio incendiado en febrero de 2024 en el barrio valenciano de Campanar ha presentado una solicitud de reapertura de las investigaciones tras un informe pericial, encargado por su representación legal, que cuestiona la validez de la documentación aportada para justificar la reacción al fuego del material de la fachada. Según ha informado en un comunicado la firma Togas&Tributos Abogados, que representa a los vecinos dueños de viviendas, el informe pericial "cuestiona la validez de las pruebas utilizadas" y revela "fallos graves" en la investigación judicial sobre el incendio del edificio de la calle Poeta Rafael Alberti, 2, en el que perdieron la vida 10 personas y 138 familias se quedaron sin casa. "Clasificación errónea del material de la fachada" Guillermo Aragó, letrado de la comunidad de propietarios, junto a la representación legal de las víctimas mortales, ha presentado un solicitud de reapertura de las investigaciones en base a este informe y al considerar que la decisión de sobreseimiento se basó en una "normativa incorrecta y clasificación errónea del material de fachada". De acuerdo con esta parte, el informe apunta a que la documentación que acreditaba la seguridad contra incendios "carece de validez legal y estaba caducada" y el material de fachada "pudo ser determinante en la rápida propagación del incendio y en la gravedad de sus consecuencias". Aragó alega en la petición "errores técnicos y legales en el momento de la investigación" ya que la normativa aplicada que llevó al sobreseimiento de las actuaciones "no era la vigente", era incorrecta y generaba una "apariencia de cumplimiento legal que no se corresponde con la realidad de los hechos", lo que "pone en duda el archivo provisional de la causa", en función a lo expuesto en el informe pericial. El letrado asegura que esa normativa aplicada durante la instrucción no era la vigente en el momento de la concesión de la licencia de obras, "ya que debía haberse aplicado el Real Decreto 312/2005 en lugar de la anterior". El informe cuestiona la validez de la documentación aportada para justificar la reacción al fuego del material de fachada. Según el informe citado por el despacho, "no solo no puede considerarse un certificado con validez legal, sino que además se encontraba caducado, sin que exista constancia de ensayos posteriores que acrediten el cumplimiento de la normativa aplicable en el momento del suministro e instalación". "Dudas de la trazabilidad" Otro de los aspectos que recoge el informe y que resultan "relevantes" para esta parte es la "discrepancia" detectada entre el material que supuestamente fue suministrado y el que fue analizado tras el incendio, lo que introduce "dudas sobre su trazabilidad y características reales". "Esta incertidumbre afecta directamente a la evaluación del comportamiento frente al fuego del sistema de fachada", sostiene. El informe también subraya que la reacción al fuego del material de la fachada fue un elemento "determinante" en la evolución del incendio, "favoreciendo su rápida propagación y la emisión de humos densos y tóxicos que comprometieron gravemente las condiciones de evacuación y la intervención de los servicios de emergencia". Desde el punto de vista jurídico, el abogado Guillermo Aragó subraya que el sobreseimiento provisional "no pone fin al procedimiento de forma definitiva y que debe ser revisado cuando aparecen nuevos elementos relevantes". En este caso, considera que el nuevo informe pericial "aporta datos técnicos no valorados previamente y evidencia errores estructurales en la base de la resolución judicial". Por todo ello, se solicita la reapertura del caso con el fin de practicar nuevas diligencias que permitan esclarecer los hechos "con rigor", incluyendo la ratificación del informe pericial, la aportación de documentación original y la realización de nuevos análisis técnicos independientes. La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia confirmó el pasado mes de julio el auto de archivo provisional de las diligencias previas abiertas para investigar el incendio, al considerar acreditado que se produjo de forma accidental por un fallo de la parte trasera de un frigorífico en una vivienda y que en la instrucción se emplearon "cuantas herramientas de investigación se han presentado como racionalmente posibles, necesarias, suficientes y adecuadas".