La DGT añade nuevas normas para autocaravanas y campers
2026-03-23 - 05:50
En los últimos diez años, las autocaravanas en España han crecido un 185 %, es decir, las 137.000 matriculadas en la actualidad suponen un dato casi tres veces superior al de 48.000 vehículos de este tipo que se registró en 2015. Además, las autocaravanas y sus "primos hermanos" las furgonetas vivienda (vehículos camperizados), que también han ido incrementando su presencia en los últimos años, han requerido distinciones normativas entre ambos que se actualizaron en última instancia en la Instrucción de autocaravanas de 2023 y que desde el 11 de marzo vuelve a modificar la Dirección General de Tráfico. Según explican desde Interior, además de incluir nuevas normativas, también era necesario adaptar el contenido de esta nueva "Instrucción PROT 2026/04" conforme a la interpretación realizada por el Tribunal Supremo con relación a la confluencia normativa, en este ámbito regulatorio, entre la legislación estatal y la regulación de las administraciones locales a través de las ordenanzas municipales. ¿Qué novedades normativas incorpora la nueva Instrucción? Las tres novedades que incluye son: La matización de los plazos de inspección aplicables. La posibilidad de efectuar las maniobras de parada y estacionamiento como el resto de vehículos. La regulación de las áreas de acogida de autocaravanas como modalidad de alojamiento turístico de algunas comunidades. En primer lugar, la nueva instrucción matiza los plazos de inspección aplicables, que varían dependiendo de si se trata de autocaravanas (vehículos de categoría M) o de furgones vivienda "camperizados", (vehículos de categoría N) conforme se regula en el Real Decreto 920/2017, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Por un lado, las autocaravanas requieren una frecuencia de inspección de: Cuando tienen una antigüedad de hasta 4 años: ninguna. Cuando tienen una antigüedad de más de 4 años: bienal. Cuando tienen una antigüedad de más de 10 años: anual. Por su parte, en los furgones camperizados, la frecuencia con la que tienen que acudir a pasar la ITV es la siguiente: Antigüedad de hasta 10 años: anual. Antigüedad de más de 10 años: semestral. ¿Qué se introduce para el estacionamiento de este tipo de vehículos? La nueva Instrucción PROT 2026/04 también recoge que, con carácter general, las autocaravanas pueden parar y estacionar en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo. Sin embargo, también han de respetar la normativa y señalización que en vías urbanas de titularidad municipal pudieran haber dispuesto los ayuntamientos. Esto se debe a la interpretación realizada por el Tribunal Supremo en su sentencia de 13 de marzo de 2018, en la que se establece que las ordenanzas municipales de circulación pueden regular y limitar los tiempos de estacionamiento, así como prohibir la acampada de caravanas, autocaravanas u otros vehículos similares en las vías urbanas y en los espacios adyacentes, salvo en aquellas zonas expresamente autorizadas por la autoridad municipal. El Alto Tribunal considera que este tipo de limitaciones no pretende restringir el uso de estos vehículos, sino evitar los efectos negativos que puede provocar el estacionamiento prolongado. Entre ellos, destacan posibles problemas en la fluidez y la seguridad del tráfico, interferencias en el uso peatonal de las calles o desequilibrios en la distribución de las plazas de aparcamiento dentro del municipio. Las áreas para autocaravanas y su señalización Finalmente, la nueva Instrucción incorpora novedades en la legislación autonómica relacionadas con la regulación de las áreas de acogida para autocaravanas como modalidad de alojamiento turístico. Entre ellas se incluyen recientes desarrollos normativos aprobados en la Comunidad Foral de Navarra, Extremadura o la Comunidad de Madrid, entre otras comunidades. Estas instalaciones, diseñadas específicamente para dar servicio y acogida a autocaravanas, deben contar con determinados equipamientos necesarios para este tipo de vehículos y estar correctamente señalizadas, de forma que los usuarios puedan identificarlas con facilidad. En este sentido, el Catálogo de Señales Verticales de Circulación, en su última actualización publicada en 2025, incorpora la nueva Señal S-128, que indica la ubicación de un punto habilitado para el vaciado de aguas residuales destinado a caravanas y autocaravanas.