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La letra pequeña de la nueva ley de créditos al consumo: electrodomésticos y muebles podrán financiarse sin intereses

2026-02-20 - 06:13

El Gobierno trabaja desde hace semanas en la Ley de contratos de créditos al consumo. La nueva normativa, que traspone una directiva europea, llega con varios meses de retraso, ya que debería haber salido adelante el pasado noviembre, para entrar en vigor un año después. Este marco legal persigue reforzar la protección al usuario y pone coto tanto a los intereses a cobrar como a los establecimientos autorizados para realizar esta actividad. Una de las novedades que recoge el anteproyecto es la posibilidad de que las empresas que ofrecen productos o servicios como los grandes almacenes de muebles o electrodomésticos concedan préstamos a coste cero. En concreto, recoge la opción de que este tipo de compañías ofrezcan el pago a plazos sin intereses, si bien no especifica supuestos concretos. Aunque el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa incluye a los concesionarios, la patronal del sector, Faconauto, descarta que vaya a verse afectada en este sentido. Desde la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (Asnef) interpretan que esta fórmula estaría disponible para casos en los que la operación se fraccione en tres o cuatro cuotas, dentro de los "límites que el propio comercio consideraría razonables para que les compense una venta a plazos". En cambio, si la financiación ya sube a seis meses o, incluso a doce, desde la organización defienden que tendría sentido contar con un establecimiento financiero de crédito propio o sellar una alianza con alguno de los ya existentes. La asociación ha presentado sus alegaciones en la consulta pública abierta del anteproyecto, entre las que figuran la necesidad de que el alcance de la ley se limite solamente a las personas físicas. Tal y como está planteado el anteproyecto, el alcance se ampliaría a las empresas, algo que a juicio de Asnef daría lugar a una situación de "desequilibrio". "Ambas difieren en cantidades, coste, riesgo y canales de contratación. Asimismo, si no se realiza esta diferenciación, es esperable que disminuya mucho la oferta de crédito al consumo dirigido a personas físicas", advierten. No obstante, celebra que esta ley suponga la declaración en España de la denominada 'reserva de actividad', una restricción legal que limita el ejercicio de determinadas actividades profesionales, económicas o comerciales exclusivamente a personas entidades autorizadas y registradas. Una vez que entre en vigor dicha ley se pondrá en marcha la creación de un registro de las entidades supervisadas por el Banco de España (BdE) que pueden prestar este tipo de servicios. El organismo encabezado por José Luis Escrivá tiene en su radar unas 900 compañías que operan sin estar reguladas. Se espera que algunas de ellas se constituirán como establecimiento financiero o prestamista de créditos rápidos, pero otras están abocadas a desaparecer. La ley tiene como núcleo central topar los intereses a los que prestan dinero y con ello frenar la usura que se da en algunas situaciones. En concreto, Economía ha establecido dos regímenes: uno general, en el que el interés máximo expresado en términos de TAE no podrá superar un determinado umbral en función del importe que se solicite; y otro que recoge los denominados créditos rápidos, en los cuales el coste se limitará al 4%. Sobre este punto, Asnef plantea clasificar los créditos en diferentes categorías: préstamos con finalidad específica, que, a modo de ejemplo, englobaría la financiación de un coche o la instalación de placas solares en una casa; créditos sin finalidad, enfocados en el gasto o disfrute, y otra categoría para los 'revolving', y una última para el resto, en el que caben los créditos a tipo cero o subvencionados. Asimismo, también propone limitar la cantidad máxima de un crédito de alto coste, conocidos en la jerga como créditos rápidos, a 400 o 500 euros, frente a los 1.000 euros fijados en el momento actual. El objetivo pasa por evitar el sobreendeudamiento de las rentas más bajas, entre las que se encuentran las personas que cobran el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). La regulación propuesta transformará el mercado de los créditos al consumo, en los que desaparecen los préstamos inferiores a 90 días y se establecen la exigencia de dejar 24 horas desde que se realiza la oferta hasta que se acepta con el objetivo de que el usuario pueda reflexionar antes sobre la decisión y evitar así compras compulsivas. Asnef defiende que esta medida "no encaja" con los hábitos de compra actuales en pleno auge del comercio electrónico y por ello pide que la normativa sea clara en torno a este punto, para evitar interpretaciones posteriores que pudieran perjudicar a la aplicación de la norma.

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