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La pareja de Ayuso recurre ante Peramato el decreto por el que acordó el reingreso de García Ortiz a la carrera

2026-01-26 - 09:24

La acusación que ejerce Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, en el procedimiento de García Ortiz por revelación de secretos, ha recurrido ante la Fiscalía General del Estado el decreto por el que Teresa Peramato acordó en reingreso de su antecesor en la carrera fiscal pese a si condena por inhabilitación. En su escrito, adelantado por El Mundo y al que ha tenido acceso ABC, el abogado de González Amador recuerda que es acusación particular y víctima de las conductas delictivas por las que el ex fiscal general ha sido condenado y que, como tal, «posee interés legítimo» y el derecho a que la ejecución de la sentencia de diciembre «se efectúe administrativamente por la fiscal general del Estado conforme a la legalidad o, en caso contrario, a que sea objeto de tutela judicial efectiva bajo su impulso». En este sentido recuerda que, pese a su condición de víctima, no se le ha concedido trámite de audiencia antes de que dictar ese decreto del que dice haberse enterado por los medios y que no ha podido ejercitar ninguno de sus derechos como interesado. Por ello, solicita tener acceso a ese expediente administrativo para , en su caso, poder corregir lo adoptado en ese decreto mediante este recurso de reposición al ser esta la única vía para impugnarlo. Pide así que se estime su recurso y se retrotraigan las actuaciones a ese trámite de audiencia. De forma subsidiaria, y en el caso de que no se le permita acceder al esxpediente, pide que se estime el recurso y se anule ese decreto dictando una resolución que declare «la incapacidad para el ejercicio de funciones fiscales» de García Ortiz por haber sido condenado por delito doloso a pena superior a seis meses y ser inhabilitado para cargo público. Recuerda el letrado Gabriel Rodríguez Ramos que el artículo 44 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal que «están incapacitados para el ejercicio de funciones fiscales los que hayan sido condenados por delito doloso, mientras no hayan obtenido rehabilitación, perdiéndose la condición de fiscal por incurrir en una causa de incapacidad como es esa, ex art. 46.1.e) Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal t artículos 31.2. d y e) del Reglamento del Ministerio Fiscal». El abogado señala que cuando la normativa alude al delito doloso no hace referencia alguna a que esos seis meses tengan que ser penas privativas de libertad y niega que, a diferencia de lo que se arguye desde Fiscalía, la jurisdicción contencioso-administrativa se haya pronunciado al guna vez sobre este particular. No existe jurisprudencia, dice, pues la sentencia del Supremo de octubre de 2017 a la que se remite la Fiscalía «trata un supuesto relacionado con el acceso de un aspirante a la carrera judicial con antecedentes penales en el momento de concurrir a la oposición al que se le deniega el acceso a la misma pese a aprobar las oposiciones». No se trata , por tanto, insiste, de un supuesto de hecho «ni análogo ni cercano al que nos ocupa». El escrito, de 60 folios, se hace eco también de que la Inspección fiscal no ha investigado en ningún momento el acceso que la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, y el ex fiscal general del Estado García Ortiz tuvieron al procedimiento fiscal abierto a González Amador cuando se estaba abierta la investigación contra ambos por la revelación de secretos.

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