Las características que debe cumplir sí o sí un chaleco reflectante para que no te multe la Guardia Civil
2026-02-27 - 06:03
Nos hemos centrado tanto en los últimos meses en la implementación de las balizas V16 que hemos olvidado la obligatoriedad del otro elemento indispensable en caso de avería: el chaleco reflectante de seguridad. Según establece el artículo 118 del Reglamento General de Circulación desde 2003, debemos incluir al menos un chaleco reflectante de alta visibilidad en el habitáculo y, además, tiene que estar homologado. De esta forma, en caso de emergencia, debemos abandonar el vehículo con el chaleco puesto, por ello, pese a que tan solo es necesario disponer de uno, siempre es conveniente llevar los suficientes para los pasajeros posibles, es decir, tantos como asientos tenga el vehículo. Deambular por la calzada o el arcén sin el chaleco no solo es peligroso, también conlleva una multa de 200 euros. En el caso del conductor se le agrega a la infracción la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir. De esta forma, lo ideal es conocer qué mínimos deben cumplir estos chalecos para ser certificados para su uso en carretera. ¿Qué requisitos se establecen para homologar chalecos reflectantes? La homologación de los chalecos reflectantes se rige por la norma EN ISO 20471 de la Unión Europea, que establece los criterios que deben cumplir las prendas de alta visibilidad para ser efectivas. Según esta norma, los chalecos deben garantizar que el usuario sea visible tanto de día como de noche bajo la luz de los faros de un vehículo, y fija requisitos técnicos sobre color, materiales y superficies mínimas de elementos fluorescentes y retrorreflectantes. Los chalecos deben fabricarse en colores fluorescentes homologados, como amarillo, naranja o rojo, e incorporar bandas retrorreflectantes de al menos 5 cm de anchura que rodeen el torso, garantizando visibilidad desde todos los ángulos. Además, la norma clasifica los chalecos por niveles de protección. Los más habituales en carretera y situaciones de emergencia son los de clase 2, que deben contar con al menos 0,50 m2 de material fluorescente y 0,13 m2 de material retrorreflectante, distribuidos en bandas horizontales de al menos 5 cm que rodeen el torso. ¿Se pueden seguir utilizando los triángulos de emergencia? Hoy en día, tan solo es necesario preseñalizar con la baliza V16 y, en caso de abandonar el habitáculo del coche, hay que hacerlo siempre con el chaleco reflectante puesto. A principios de diciembre de 2025, la información por parte de la DGT apuntaba a que estaría prohibido deambular por el arcén de la vía colocando los triángulos. Sin embargo, a finales del mismo mes, el director general de Tráfico, Pere Navarro, confirmó que serían legales de forma complementaria y cada conductor se tendría que hacer responsable de las consecuencias esta acción: "No está prohibido el triángulo, si tú quieres tener un triángulo y quieres bajar a colocar el triángulo allá tú".