Los súper deberán pagar 368 millones por la ley que les obliga a etiquetar en braille alimentos con alérgenos
2026-03-17 - 15:10
El Gobierno ultima una regulación inédita en España, por la que obligará a los supermercados e hipermercados de 400 o más metros cuadrados en España a etiquetar en sistema braille alimentos con alérgenos así como productos cosméticos y de limpieza como detergentes o limpiadores. Según la memoria que acompaña al texto que se encuentra en información pública hasta el próximo 12 de abril, el trámite inmediatamente anterior a su aprobación por el Consejo de Ministros, estima en unos 13.339 establecimientos en toda España los afectados. Desde el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 calculan que, algunas obligaciones recogidas como la atención personalizada a personas con discapacidad visual y la impresión de etiquetas en braille, a petición del cliente, pueden llegar a suponer un desembolso total de 368,39 millones de euros. Unas medidas de las que se beneficiarán, según estimaciones del Ministerio de Derechos Sociales, a unas 10.000 personas según la Comisión Braille Española y a unas 84.579 personas con discapacidad visual, según estimaciones del INE. Fuentes de la ONCE recuerdan que el borrador "acaba de abrirse a consultas y estamos negociando para garantizar la autonomía de las personas con ceguera o discapacidad cuando acceden al consumo". En esta línea, consideran que "la ausencia de etiquetado braille o QR claramente marcados en relieve limita la autonomía de las personas, restringe su capacidad de elección y pone en riesgo la seguridad y salud, al no poner en riesgo la segurdiad y salud". Desde esta organización han valorado muy positivamente la iniciativa del Ministerio de buscar una solución. Inversiones en 13.339 supermercados En la memoria de impacto, que acompaña al proyecto de real decreto, el Gobierno estima que la futura normativa afectará a unos 13.339 supermercados e hipermercados de toda España. Esto es al 83% de la superficie de venta en el país. Respecto al impacto económico en el Ministerio centran su análisis en la obligación de la atención personalizada y la de impresión de etiquetas en braille. En el primer caso estiman un coste global de 316,39 millones de euros, teniendo en cuenta que el establecimiento se viera obligado a contratar a una persona para ese fin a un coste máximo de 24.338,25 euros, según el Convenio Colectivo del sector de Grandes Almacenes. Sobre la obligación de imprimir en braille, si así lo solicita el cliente en el momento de la compra, se ha considerado que la compra de una etiquetadora por establecimiento ronda los 4.000 euros, si se adopta uno de los modelos más avanzados. Lo que multiplicado por el número de locales afectados (unos 13.000) eleva el coste total hasta los 52 millones de euros. Por lo que todas las obligaciones incluidas en el futuro real decreto elevan la factura hasta los 368,39 millones de euros. 'Etiquetado accesible' y otras herramientas La futura regulación, que se encuentra en proceso de información pública hasta el próximo 12 de abril para su posterior aprobación en el Consejo de Ministros, también obliga a las administraciones públicas a fomentar entre los grupos de distribución comercial la introducción del denominado 'etiquetado accesible'. Además deja abierta la puerta, a que los supermercados, puedan añadir otros métodos alternativos al braille como los códigos QR (o de respuesta rápida) y herramientas tecnológicas como la española 'Navilens'. Atención personalizada e impresión en braille La nueva normativa también establece dos obligaciones más para supermercados e hipermercados en toda España: la de atención personalizada para las personas con discapacidad visual para el acceso a los productos que estén expuestos en los lineales, así como la de imprimir en braille - si así lo requiere el consumidor durante el proceso de compra - de una etiqueta por producto con información sobre la marca comercial, si incluye alguna advertencia de peligro a través de pictogramas, si incluye ingredientes o coadyuvantes tecnológicos que puedan generar alergias o intolerancias, a ́si como de la fecha de caducidad y de consumo preferente. El incumplimiento de todo lo anterior tendrá consecuencias. La no introducción de etiquetado en braille en productos alimentarios con alérgenos y en artículos de cosméticos y de cuidado personal, entre otros, serán considerada una infracción en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal. La inclusión incorreta de la información, con omisiones o incorrecciones respecto al etiquetado no accesible, será vista como una infracción en materia de defensa de los consumidores y usuarios o contra la protección de la salud.