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Novedades en el permiso parental: el Supremo aclara cómo debe aplicarse este permiso de conciliación

2026-03-10 - 12:43

El Tribunal Supremo de España ha aclarado cómo debe aplicarse el permiso parental en el ámbito laboral tras una sentencia dictada el 26 de enero. En esta, el Alto Tribunal ha establecido que el tiempo en el que un trabajador disfruta de este permiso debe contar como tiempo de trabajo efectivo a efectos de calcular las vacaciones. Es decir, mientras una madre o padre lo disfruta, podrá seguir generando vacaciones. Con esta decisión, el tribunal modifica parcialmente el criterio que habían aplicado algunas empresas y también el del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que consideraba que, al tratarse de una suspensión del contrato, ese periodo no generaba derecho a días de descanso. La sentencia responde al recurso presentado por organizaciones profesionales del ámbito sanitario que cuestionaban esa interpretación. La segunda novedad consiste en el tiempo en el que se puede disfrutar de dicho permiso. Y es que, si bien se puede disfrutar en semanas separadas (ocho en total), no es posible hacer uso de este por días sueltos; se necesita encadenar mínimo siete días. El origen de la sentencia La Sala de lo Social del Supremo ha interpretado el Estatuto de los Trabajadores a la luz de la Directiva (UE) 2019/1158, que busca mejorar la conciliación entre la vida laboral y familiar en toda la Unión Europea. Según el tribunal, aunque el permiso parental implique una suspensión temporal del contrato, debe considerarse una excepción dentro del sistema laboral. El origen del caso está en una demanda de conflicto colectivo contra una empresa que establecía dos condiciones para el disfrute de este permiso. Por un lado, la compañía sostenía que el permiso parental no podía disfrutarse en periodos inferiores a una semana. Por otro lado, defendía que los trabajadores que lo utilizaban no generaban días de vacaciones durante ese tiempo, al considerar que el contrato estaba suspendido. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dio inicialmente la razón a la empresa, al entender que la normativa fijaba la duración del permiso en semanas y que, por tanto, no podía fraccionarse en periodos más cortos. Además, el tribunal consideró que, al tratarse de una suspensión del contrato, no debía computar para el cálculo de las vacaciones y ahora, el Tribunal Supremo agrega matices. ¿Qué es el permiso parental? El permiso parental forma parte del marco de medidas destinadas a mejorar la conciliación laboral en España. El artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores establece que los trabajadores tienen derecho a solicitar este permiso para el cuidado de un hijo, hija o menor acogido durante más de un año, hasta que el menor cumpla ocho años. Su duración máxima es de ocho semanas, que pueden disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial según lo que establezca la normativa.

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