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Sanidad obliga a retirar varias tintas para tatuaje y maquillaje permanente

2026-02-12 - 20:55

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha ordenado a la empresa Goldeneye España Logística la suspensión de la comercialización y uso, así como la retirada del mercado, de varias de sus tintas para tatuaje y maquillaje permanente por no cumplir con el Reglamento (UE) 2020/2081, en lo relativo a las sustancias contenidas en estos productos. Algunas de las tintas para tatuaje y maquillaje permanente de Goldeneye España Logística presentan caprililglicol en una concentración igual a 0,1%, sin que se haya justificado su función como regulador del pH, requisito exigido para que sea permitida por la normativa vigente. Asimismo, contienen el pigmento amarillo CI 11741 (CAS: 6358-31-2), limitado a una concentración máxima de 0,1% en el citado reglamento, en concentraciones que varían entre un 12 y un 16%. Como consecuencia de este incumplimiento, la agencia ha ordenado la suspensión de la comercialización y uso, así como la retirada del mercado, de todas las unidades de los siguientes productos, distribuidos a centros de tatuaje para su uso por profesionales: 694-PE: Pigmentos Goldeneye Coloressense, gama marrón: Sophisticated Blond; Glamorous Graphit; Delicious Toffee; Amazing Blond; Creamy Nougat; Copacabana Cacao; Taupe Spectaculaire; Warm Brunette; Dark Redwood; Ebony Queen, y Hot Chocolate. La AEMPS publicó en 2021 una nota informativa donde se anunciaba

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