Si eres menor de edad: ¿Puedes tener un patinete eléctrico a tu nombre en el Registro de la DGT?
2026-03-01 - 10:13
La Dirección General de Tráfico presentó hace unos días el nuevo Registro de Vehículos Personales Ligeros, que establece la obligación de inscripción de los vehículos de movilidad personal (VMP), entre los que se incluyen los patinetes eléctricos, en el Registro de Vehículos. Con esta inscripción, se podrá dar cumplimiento a la Ley 5/2025 de 24 de julio, que obliga a todos los VMP a contar con un seguro de responsabilidad civil. De momento, la DGT ya permite registrar los patinetes a través de su sede electrónica o de manera presencial, pero surgen dudas acerca de si los menores, que pueden conducirlos, tienen derecho a inscribirlos a su nombre. ¿Pueden los menores de edad tener patinetes eléctricos registrados a su nombre? La Dirección General de Tráfico especifica en su web que los menores de edad podrán tener vehículos de movilidad personal inscritos a su nombre en el Registro. Aunque, a la hora de llevar a cabo la inscripción del patinete eléctrico de un menor a través de la sede electrónica de la DGT, deberá ser su tutor legal quien realice el trámite en su nombre. Para ello, el responsable del menor accederá mediante un certificado digital, el DNI electrónico o con Cl@ve, subirá la ficha técnica del vehículo en la que conste el número de certificado del VMP y abonará la tasa 4.1 de 8,57 euros. ¿Qué documento otorga la DGT tras registrar un patinete eléctrico? Una vez completada la inscripción, la Dirección General de Tráfico asignará al vehículo un número identificativo y emitirá un certificado digital en formato PDF. Con este documento se podrá adquirir una etiqueta con el código de registro, siguiendo el formato M XXXX LLL, que podrá colocarse en el VMP a modo de matrícula. Esta placa puede solicitarse en cualquier establecimiento autorizado para la fabricación de matrículas. Asimismo, la DGT señala que el trámite de registro también podrá realizarse a través de otras vías, como compañías aseguradoras en el momento de formalizar la póliza o mediante colaboradores acreditados por el organismo que ya gestionan numerosos procedimientos electrónicos con la Administración. Con este certificado, el VMP ya podrá adquirir un seguro de responsabilidad civil, tal y como obliga la ley. Multa por circular sin seguro con un patinete eléctrico Según la DGT y la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro, un vehículo de movilidad personal que no cuente con seguro puede enfrentarse a una sanción de entre 202 y 610 euros. Además, si un usuario es detenido por la policía mientras circula con un VMP sin una póliza en vigor, la multa puede situarse entre 250 y 800 euros, en función de si la autoridad lo considera un vehículo personal ligero o un vehículo a motor, es decir, si supera los 25 kilos de peso y los 14 kilómetros por hora, tal y como recoge la normativa y señala la propia DGT en su página web.