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Si te compraste un coche eléctrico, puedes deducirte hasta 3.000 euros en la Declaración de la Renta 2026

2026-02-26 - 06:43

La campaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2025 arranca el 8 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio de 2026. Por eso, casi un mes antes de que abran los plazos, los contribuyentes ya deben informarse sobre las deducciones que se aplican a su caso en particular o a su situación familiar. Entre ellas, las ayudas para comprar coches eléctricos, que incluyen la desgravación del 15% en el IRPF. Este beneficio está disponible desde el 30 de junio de 2023 y se resta directamente en la cuota íntegra estatal del IRPF que realizamos cada año. En cuanto a plazos, la medida va dirigida a particulares que hayan adquirido un coche eléctrico desde dicha fecha hasta el 31 de diciembre de 2026. Cabe recordar que a esta deducción se suman otras ayudas públicas como el Plan Auto+. La base máxima de la deducción es de 20.000 euros. La mayoría de automóviles elegibles para la ayuda superan dicha cifra, por lo que estamos hablando de una deducción de 3.000 euros. Requisitos para acceder a la deducción por la compra de un coche eléctrico Si cumples con el requisito básico de haber comprado un vehículo eléctrico nuevo de batería (BEV), híbrido enchufable (PHEV) y de pila de combustible en los plazos previamente mencionados, podrás practicar la deducción en el periodo impositivo en el que matricules el vehículo, pero también si entregas cantidades a cuenta de la futura compra del vehículo que supongan, al menos, el 25% de su valor, según se lee en la página de la Agencia Tributaria. Los vehículos que pueden beneficiarse son los de categorías de turismos M1, cuadriciclos pesados L7e, cuadriciclos ligeros L6e y motocicletas L3e, L4e y L5e. Los cuadriciclos pesados y ligeros, así como las motos de más de 50 cm3, tendrán que estar propulsados exclusivamente por electricidad, y estar homologados como vehículos eléctricos. Sin embargo, y como bien se mencionó antes, deben matricularse antes del 2027. La ley especifica que el vehículo debe ser nuevo, excluyendo así la compra de coches eléctricos de segunda mano, y también deben ser matriculados por primera vez en España, lo que deja afuera los vehículos comprados en el extranjero. El BOE también establece como requisito el precio del vehículo. "No podrá superar el importe máximo establecido en el Anexo III del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril", es decir, el plan MOVES III. Turismos M1 de tipo PHEV, EREV, BEV: 45.000 euros. Turismos M1 de tipo BEV de 8/9 plazas: 53.000 euros. Motos L3e, L4e, L5e de tipo BEV: 10.000 euros. ¿Cómo acceder a la deducción? La deducción por la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible se encuentra entre las casillas 1916 y 1927. Recuerda que es necesario tener a mano la matrícula del vehículo, el NIF de la entidad o persona vendedora y el precio de compra.

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