Sumar plantea mayor protección a las mujeres que son acosadas ante las clínicas abortivas
2026-02-13 - 11:45
El Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar ha registrado una Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica el artículo 172 quarter del Código Penal, que regula el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo. Nuestro ordenamiento jurídico ya tipifica el acosar a una mujer que acuda a una clínica abortiva para intentar que cambie de opinión. Sin embargo, la coalición liderada por la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, plantea ahora «modificarlo para mejorarlo». Actualmente, la redacción del tipo penal es la siguiente: «El que para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días» Sumar quiere «concretar» algunos aspectos del artículo que, a su juicio, están «muy abiertos». En primer lugar, proponen explicitar que no es necesario que sea un grupo concurrido de personas las que intentan esa obstaculización. Quieren aclarar que ese acoso u «entorno hostil o intimidatorio» podría darse por dos o incluso una sola persona. «Recientemente el Tribunal Supremo absolvió a una mujer que acudía sola a las clínicas para presionar a quienes iban a abortar. Con esta reforma evitamos que vuelva a producirse esa interpretación restrictiva», explican fuentes del Grupo Parlamentario de Sumar. Por otro lado, quieren concretar qué debe entenderse por «menoscabar la libertad de quien ejerce el derecho a abortar». Es decir, definir con mayor claridad que acciones se consideran punibles. En su reforma plantean que los «actos molestos u ofensivos» que «generen un entorno intimidatorio, hostil o coactivo» también se incluyan en el delito cuando tengan esa finalidad obstaculizar el ejercicio del derecho. También plantean que en caso de querer manifestarse no puedan hacerlo a menos de 200 metros de los lugares donde se realizan estas intervenciones. (En ampliación)